Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 01/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 8 de mayo de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se determinan actuaciones de fomento y mejora de servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general y carácter no metropolitano a desarrollar por el Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla.

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A instancias del Consorcio Metropolitano de Transportes del Área de Sevilla y, de conformidad con lo dispuesto en la estipulación segunda del Convenio de Colaboración, suscrito el 25 de enero de 2008, con la Consejería de Obras Públicas y Transportes para el desarrollo de actuaciones de fomento y mejora de los servicios de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general en entornos no metropolitanos (publicado en BOJA núm. 49, de 18 de febrero de 2008), se determinan las siguientes actuaciones a desarrollar por el Consorcio de Transporte Metropolitano de Sevilla.

Integración tarifaria de los siguientes municipios y sus correspondientes núcleos de población: Aznalcóllar, Castilleja del Campo, Carrión de los Céspedes, Huévar del Aljarafe, Pilas, Aznalcázar y Villamanrique de la Condesa.

- Operadores, Concesiones y Rutas afectadas:

• Aznalcóllar–Sevilla por Gerena. (R06) VJA-084. Abascal Caro, S.L.

• Aznalcóllar–Sevilla por Sanlúcar la Mayor. (R07) VJA-084. Abascal Caro, S.L.

• Carrión de los Céspedes–Sevilla (R96 y R97) VJA-138.Damas, S.A.

• Sevilla–Pilas (R44) VJA-138. Damas, S.A.

• Sevilla–Villamanrique de la Condesa (R45) VJJA-138. Damas, S.A.

La Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, faculta al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla para que asuma respecto de los servicios de transporte regular de viajeros detallados, el ejercicio de las siguientes competencias, enumeradas en la estipulación primera del Convenio de colaboración citado:

a) Régimen tarifario y la determinación y abono por el Consorcio de las compensaciones que, en su caso, haya de percibir el concesionario en función del título concesional, sin perjuicio de la competencia de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sobre la tarifa partícipe de empresa del conjunto de la concesión.

b) Modificación de tráficos.

c) Creación, modificación o supresión de líneas o servicios.

d) Modificación de itinerarios, expediciones, calendarios y horarios.

e) Determinación de lugares de parada e instalación de marquesinas y postes de señalización, conforme a los modelos homologados para la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

f) Material móvil.

Sevilla, 8 de mayo de 2009.- La Directora General, M.ª Belén Gualda González.

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