Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 01/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 12 de mayo de 2009, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Turística, por la que se extinguen los efectos del título licencia de las agencias de viajes citadas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

A fin de resolver sobre la extinción de los efectos de los títulos-licencia de las agencias de viajes que se citan a continuación, se instruyeron los correspondientes expedientes en los que se acredita la falta de regularización de la situación administrativa de las agencias, al no constar constituida la fianza que garantiza los posibles riesgos de su responsabilidad exigida reglamentariamente por el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de agencias de viajes y centrales de reservas (BOJA núm. 150, de 21 de diciembre).

Se ha notificado a los interesados las correspondientes Resoluciones de inicio de los expedientes de extinción incoados, concediéndoseles el plazo legalmente establecido para regular su situación.

Se ha cumplido con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, no habiéndose formulado alegación alguna al respecto.

Encontrándose las agencias que se citan incumpliendo el artículo 11 del Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de Agencias de Viajes y Centrales de Reservas, procede extinguir el Título Licencia conforme al artículo 18 del citado decreto, sin perjuicio de la sanción que pudiera imponerse por la comisión de una infracción grave, contemplada en el apartado 13, del artículo 60 de la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo (BOJA núm. 151, de 30 de diciembre).

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo (BOJA núm. 151, de 30 de diciembre), y el Decreto 301/2002, de 17 de diciembre, de Agencias de Viajes y Centrales de Reserva,

Resuelvo

Extinguir los efectos del título-licencia de las agencias de viajes y centrales de reservas citadas al pie de esta Resolución, con todas las consecuencias inherentes a la misma, sin perjuicio, en todo caso, del pago de salarios o indemnizaciones que procedan y de las responsabilidades económicas contraídas en el ejercicio de su actividad, en los términos legalmente prevenidos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Agencias de viajes que se citan:

Persona física: Don Juan Carlos O.V., que actúa con la denominación comercial de «Oliva Tours».

Código Identificativo: AN-411327-2.

Establecimiento sito en: C/ Bailén, núm. 122-A. Alcalá de Guadaíra (Sevilla), 41500.

Denominación: Central de Reserva Comarca de Guadix, S.R.L., que actúa con la denominación comercial «Central de Reserva Comarca de Guadix».

Código Identificativo: AN-180777-2.

Domicilio social: C/ Pedro Antonio de Alarcón, núm. 1, de Guadix, en Granada (18500).

Denominación: Vivegranada S.L.L., que actúa con la denominación comercial de Viajes Vivegranada.

Código Identificativo: AN-180769-2.

Domicilio social: Placeta de Aliatar, s/n, de Granada (18010).

Denominación: Viajes Sevilla Express, S.A.

Código Identificativo: AN-410139-3.

Domicilio social: Virgen de Regla, 21-1.º B. Sevilla (41011).

Sevilla, 12 de mayo de 2009.- El Director General, Antonio Muñoz Martínez.

Descargar PDF