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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», en el tramo que va 480 metros desde el límite de término municipal con Villanueva de los Castillejos hacia el casco urbano de San Bartolomé de la Torre, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, fue clasificada por Orden de fecha 20 de noviembre de 1981 del Director General del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 297, de fecha de 12 de diciembre de 1981, con una anchura legal de 20,89 metros lineales.
Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 2 de agosto de 2006, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», en el tramo que va 480 metros desde el límite de término municipal con Villanueva de los Castillejos hacia el casco urbano de San Bartolomé de la Torre, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, para determinar la afección sobre la citada vía pecuaria por la Obra Pública contemplada en el Plan de Mejora de la Accesibilidad, Seguridad Vial y Conservación en la Red de Carreteras de Andalucía (Mascerca), de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en su fase I.
Mediante la Resolución de fecha de 17 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, se acuerda la ampliación del plazo fijado para dictar la Resolución del presente expediente de deslinde durante nueve meses más, notificándose a todos los interesados tal como establece el articulo 49 de la Ley 30/1992.
Tercero. Los trabajos materiales previos a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 15 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 177, de fecha 18 de septiembre de 2006.
A esta fase de operaciones materiales no se presentan alegaciones.
Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, esta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 121, de fecha 22 de junio de 2007.
A dicha Proposición de Deslinde no se presentan alegaciones.
Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 10 de abril de 2008.
A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en la Resolución del Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2008 y en el ar-tículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.
Tercero. La vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», ubicada en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.
Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.
Vistos, la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, de fecha 15 de febrero de 2008, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 10 de abril de 2008,
RESUELVO
Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», en el tramo que va 480 metros desde el límite de término municipal con Villanueva de los Castillejos hacia el casco urbano de San Bartolomé de la Torre, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:
- Longitud deslindada; 480,16 metros lineales.
- Anchura; 20,89 metros lineales.
Descripción: Finca rústica, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, de forma rectangular alargada, con una anchura de 20,89 m y 480,161 m de longitud, con una superficie total deslindada de 10.040,53 m2, que en adelante se conocerá como «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», lindando:
- Al Norte con: Flores Corral, Nicolás, y Román Martín, M. Pilar (1/1), en el término municipal de San Bartolomé de la Torre.
- Al Sur con: Flores Corral, Nicolás, y Román Martín, M. Pilar (1/1), en el término municipal de San Bartolomé de la Torre.
- Al Este con: Flores Corral, Nicolás, y Román Martín, M. Pilar (1/1), y con la continuación de esta vía pecuaria, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre.
- Y al Oeste con: Flores Corral, Nicolás, y Román Martín, M. Pilar (18/2), en el término municipal de Villanueva de los Castillejos así como con la continuación de esta vía pecuaria en este término por donde continúa con el mismo nombre.
Relación de coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria «Vereda del Camino Viejo de la Puebla», en el tramo que va 480 metros desde el límite de término municipal con Villanueva de los Castillejos hacia el casco urbano de San Bartolomé de la Torre, en el término municipal de San Bartolomé de la Torre, en la provincia de Huelva | |||
VÉRTICE | COORDENADA X | COORDENADA Y | |
1 | D | 135103.6997 | 4154305.5431 |
2 | D | 135149.3459 | 4154193.3189 |
3 | D | 135181.6839 | 4154133.0729 |
4 | D | 135204.3006 | 4154090.8760 |
5 | D | 135277.1243 | 4154018.2878 |
6 | D | 135325.6781 | 4153970.1654 |
7 | D | 135369.4857 | 4153919.2752 |
VÉRTICE | COORDENADA X | COORDENADA Y | |
1A | I | 135117.1475 | 4154327.9341 |
1 | I | 135123.0503 | 4154313.4138 |
2 | I | 135168.2777 | 4154202.2192 |
3 | I | 135200.0900 | 4154142.9526 |
4 | I | 135221.2464 | 4154103.4802 |
5 | I | 135291.8508 | 4154033.1041 |
6 | I | 135340.9846 | 4153984.4091 |
7 | I | 135385.3200 | 4153932.9058 |
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.
Actuación cofinanciada con Fondos Europeos
Sevilla, 16 de diciembre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.
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