Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 19/06/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de abril de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada, dimanante de procedimiento ordinario núm. 830/2007. (PD. 1784/2009).

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NIG: 1808742C20070012996.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 830/2007.

Negociado: IF.

De: Don Diego García Maldonado.

Procurador: Sr. Enrique Raya Carrillo.

Letrado: Sr. Plácido Romero Funes.

Contra: Don/Doña Manuel García Maldonado, Francisco García Maldonado, Araceli Maldonado Bueno, Francisco Maldonado Castillo, Gabriel Maldonado Castillo, Diego Maldonado Villena, Diego Maldonado Velasco y Dolores Maldonado Velasco.

Procuradora: Sra. María Victoria Aguilar Ros.

Letrada: Sra. María del Valle López.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 830/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada a instancia de Diego García Maldonado contra Manuel García Maldonado, Francisco García Maldonado, Araceli Maldonado Bueno, Francisco Maldonado Castillo. Gabriel Maldonado Castillo, Diego Maldonado Villena, Diego Maldonado Velasco y Dolores Maldonado Velasco sobre acción declarativa de dominio y división de cosa común, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 78/09

En Granada, a 31 de marzo de 2009.

Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada y los de su partido, los autos de juicio ordinario núm. 830/07 promovidos a instancia de don Diego García Maldonado, representado por el Procurador don Enrique Raya Carrillo y asistido del Letrado Sr. Romero Funes contra don Manuel García Maldonado, don Francisco García Maldonado, representados por la Procuradora doña M.ª Victoria Aguilar Ros y asistidos de la Letrada Sra. del Valle López y contra doña Araceli Maldonado Bueno, don Francisco Maldonado Castillo, don Gabriel Maldonado Castillo, don Diego Maldonado Villena, don Diego Maldonado Velasco y doña Dolores Maldonado Velasco, en rebeldía, sobre acción declarativa de dominio y división de cosa común y en base a los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Enrique Raya Carrillo, en nombre y representación de don Diego García Maldonado:

1.º Debo declarar y declaro que la finca descrita como Urbana: casa en término de Padul, situada en la calle Encina, núm. 4, con una superficie de 180 m², se compone de alto y bajo, con una superficie construida de 150 m² por planta, destinada en su totalidad a vivienda; y el resto destinado a patio y jardín. Linda: por la derecha entrando, con Remedios Villena Morales; Izquierda, Manuel Durán Villanueva; y espalda, con huerto de Lorenzo Villena Rubio; pertenece a partes iguales y por título de herencia a don Diego García Maldonado, don Manuel García Maldonado y don Francisco García Maldonado.

2.º Debo declarar y declaro extinguida la situación de comunidad existente sobre dicho bien, debiendo procederse a su división mediante pública subasta con admisión de licitadores extraños, solo en el caso en que las partes no lleguen a un acuerdo sobre la forma de proceder a su división.

Se imponen las costas del procedimiento a los demandados salvo aquellos que se han allanado a la demanda interpuesta.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.

Así por esta mi sentencia de la que se deducirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. Rubricados.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Diego Maldonado Velasco y Dolores Maldonado Velasco, extiendo y firmo la presente en Granada, a catorce de abril de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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