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NIG: 2906742C20080017748.
Procedimiento: Juicio Verbal 960/2008. Negociado: NA.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Incym.
Procuradora: Sra. María Dolores Cabeza Rodríguez.
Letrado: Sr. Alonso Martínez, Ignacio Julián.
Contra: Doña Ángela Moyano Sanz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal 960/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Incym contra Ángela Moyano Sanz sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de Primera Instancia número Diez de Málaga.
Juicio Verbal.
Autos núm.: 960/2008.
SENTENCIA NÚM. 144/2009
En Málaga, a 22 de mayo de 2009.
Vistos por mí, doña Eva María Gómez Díaz, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Diez de Málaga y de su Partido Judicial, los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad y registrados con el número 960 del año 2008, a instancia de la entidad mercantil Incym, S.A, CIF A-29-382363, con domicilio social en Torremolinos, provincia de Málaga, Avenida de la Riviera, número 45, representada por la Procuradora doña María Dolores Cabeza Rodríguez, bajo la dirección Letrada de don Ignacio Alonso Martínez, frente a doña Ángela Moyano Sanz, mayor de edad, DNI 12.377.990-B, en situación procesal de rebeldía, y atendidos a los siguientes,
FALLO
Que estimando la demanda de Juicio Verbal por reclamación de cantidad seguida a instancia de la entidad mercantil Incym, S.A, representada por la Procuradora doña María Dolores Rodríguez Cabeza, bajo la dirección Letrada de don Ignacio Alonso Martínez, frente a doña Ángela Moyano Sanz, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a favor de la entidad mercantil actora la cantidad de ochocientos sesenta y siete euros con treinta y nueve céntimos (867,39 euros), más el interés legal de esta cantidad devengado desde la fecha de interposición de la demanda; interés que deberá incrementarse en dos puntos desde la fecha de dictado de la presente resolución hasta su completo pago.
Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Contra esta sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Málaga, que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que se practique la notificación a las partes.
Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificirción en forma al/a la demandada Ángela Moyano Sanz, extiendo y firmo la presente en Málaga, a tres de junio de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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