Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de mayo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Cuatro), dimanante de procedimiento ordinario núm. 367/2008. (PD. 1797/2009).

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NIG: 1102042C20080002181.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 367/2008.

Negociado: LO.

De: Don Manuel Rosa Nieves.

Procuradora: Sra. Ana María Zubia Mendoza.

Contra: Inmobiliaria Moita Leite, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 367/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Jerez de la Frontera a instancia de Manuel Rosa Nieves contra Inmobiliaria Moita Leite, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 149/09

En Jerez de la Frontera, a 15 de mayo de 2009.

Vistos por la Sra. doña M.ª Reyes Vila Pariente, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de primera instancia número Cuatro de los de este Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrados con el número 367/2008 de los asuntos civiles de este juzgado; en el que han sido partes: Don Manuel Rosa Nieves, representado por el Procurador de los Tribunales doña Ana Zubia Mendoza, y asistido del Letrado don Beltrán Raposo García, como demandante, y la inmobiliaria Moita Leite, S.L., como demandada, declarada en Rebeldía, teniendo reclamación de cantidad, se procede a dictar la presente Resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales doña Ana Zubia Mendoza, en nombre y representación de don Manuel Rosa Nieves, contra la inmobiliaria Moita Leite y en consecuencia debo declarar y declaro el deslinde del patio de 50,16 m2, identificado según plano adjunto a la demanda como parte de la finca del actor, registral núm. 28.738 bis, del Registro de la Propiedad y en consecuencia debo declarar y declaro el dominio del demandante sobre dicha parte y en consecuencia que no forma parte de la finca contigua propiedad de la demandada, acordándose así mismo la cancelación de todos los asientos registrales contradictorios.

Las costas del presente procedimiento deberán ser satisfechas por la parte demandada.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, dentro de los cinco días siguientes a su notificación ante la llma. Audiencia Provincial de Cádiz.

Así por esta mi Sentencia de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada que fue la anterior sentencia por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, encontrándose celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Inmobiliaria Moita Leite, S.L., con domicilio desconocido, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a dieciocho de mayo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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