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De conformidad con el acuerdo adoptado por la Comisión de Precios de Andalucía, en su sesión de 17 de diciembre de 2008, en relación con la revisión de tarifas de transporte urbano colectivo de Granada, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Concepto | Tarifas autorizadas Coste del viaje-IVA incluido |
Billete ordinario | 1,20 euros |
Bus-Búho | 1,30 euros |
Bono 5 | 0,67 euros |
Bono joven | 0,47 euros |
Pensionista | 0,00 euros |
Mensual ilimitado | 35,00 euros |
Transbordo | 0,00 euros |
Transbordo Consorcio | 0,60 euros |
Título 10 | 0,61 euros |
Título 20 | 0,59 euros |
Transporte al Ferial | 1,40 euros |
Esta Resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de diciembre de 2008.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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