Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 23/06/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 8 de junio de 2009, de la Delegación Provincial de Almería, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de junio de 2009, de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante el cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde al Jefe de Servicio en el supuesto de no existir de no existir jefaturas de Sección.

La Secretaría General de esta Delegación Provincial es la responsable de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados en la misma y, por razones de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación Provincial, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del art. 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 5 de junio de 2009, de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Almería, 8 de junio de 2009.- La Delegada, Francisca Pérez Laborda.

ACUERDO

Acuerdo de 5 de junio de 2009, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de Empleo en Almería, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

Primero. La competencia de la expedición de copias autenticas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuida a la Secretaría General de esta Delegación Provincial, a tenor de lo dispuesto en el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios, en lo relativo a los servicios y unidades administrativas con adscripción a esta Delegación Provincial, queda delegada en los funcionarios que desempeñen los puestos de trabajo que a continuación se citan:

Código 9326910, Asesor Técnico.

Código 9330410, Un. Producción.

Código 9331110, Un. Producción.

Código 9330610, Operador de Consola.

Código 9330710, Negociado Estadística.

Código 9330810, Departamento Legislación.

Código 9330910, Asesor Técnico.

Código 9331010, Negociado Procedimiento.

Código 9331210, Asesor Técnico Construcciones.

Código 9331310, Negociado Gestión.

Código 9331410, Negociado Gestión.

Código 9331610, Asesor Técnico.

Código 8865110 Titulado Grado Medio.

Código 8943410 Titulado Grado Medio.

Código 1673310 Titulado Superior.

Código 8865010 Titulado Superior.

Código 8943310 Titulado Superior.

Código 8943210 Titulado Superior.

Código 8864910 Titulado Superior.

Código 8682310 Auxiliar de Gestión.

Código 11528110 Administrativo/a.

Código 12112610 Administrativo/a.

Código 12118510 Administrativo/a.

Segundo. La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del articulo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente a su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia. Almería, a 5 de junio de 2009. El Secretario General, Fdo.: Ángel Segura Valera.

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