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VP@1145/2008.
Considerando, que el nuevo trazado previsto en el presente expediente implica permuta de terrenos, manteniendo la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y del trazado alternativo, junto con la continuidad de la vía pecuaria, que permita el tránsito ganadero y los demás usos compatibles y complementarios con aquel y que por tanto , en virtud del artículo 38.4 del Decreto 155/98 Reglamento de Vías Pecuarias, ha de estarse a los previsto en el artículo 91 de la Ley de Patrimonio de Andalucía, y que hasta el día de la fecha no se ha aportado informe de viabilidad de segregación del tramo de terreno ofrecido de la finca matriz, y valoración de los terrenos a permutar.
Visto, el artículo 37.3 del Decreto 155/98 Reglamento de Vías Pecuarias que literalmente indica:
«El plazo para resolver el procedimiento de modificación de trazado será de doce meses, si bien el mismo quedará en suspenso en tanto se lleva a cabo la tramitación y resolución de los procedimientos necesarios para la aportación de los terrenos para el nuevo trazado.»
ACUERDO
Suspender el plazo legalmente establecido para instruir y resolver el procedimiento de Desafectación y Modificación parcial de trazado «Colada de los Charcos», en el término municipal de Rota (Cádiz), por el período de tiempo comprendido entre el día de hoy, y la fecha en que conste en esta Dirección General la aportación efectiva de los terrenos para el nuevo trazado.
Contra la presente Resolución, y conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabe recurso alguno.
Sevilla, 4 de junio de 2009.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.
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