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NIG: 4103842C20070005196.
Procedimiento: Juicio Verbal (desahucio falta de pago) 715/2007. Negociado: 3C.
De: Don José Albarrán Sierra.
Procurador: Sr. Arribas Monge, Salvador.
Contra: Doña Sheila Mejías López.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (desahucio falta de pago) 715/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas a instancia de don José Albarrán Sierra contra doña Sheila Mejías López, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Dos Hermanas, a 10 de marzo de 2008.
Visto por mí, Samuel Alejandro Arcos Soriano, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de esta ciudad y su partido judicial, las presentes actuaciones de Juicio Verbal arrendaticio seguidas ante este Juzgado al número 715/07, a instancia de don José Albarrán Sierra contra doña Sheila Mejías López, he dictado la siguiente Resolución.
FALLO
Que estimando el suplico de la demanda de estas actuaciones, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la vivienda sita en la calle Fernando Quiñones, número 1-A, de Dos Hermanas, existía entre la actora y la parte demandada, por falta de pago de las rentas estipuladas y en consecuencia debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la parte demandada, doña Sheila Mejías López, del citado inmueble, apercibiéndole de que si no procede a desalojarla dentro del término señalado judicialmente, será lanzado de él y a su costa. La parte demandada, deberá asimismo abonar a la actora la cantidad de 3.600 euros más los intereses legales en concepto de rentas y cantidades asimiladas impagadas. Todo ello con expresa imposición de las costas ocasionadas en este procedimiento a la parte demandada.
Notifíquese esta Resolución a las partes con la indicación de que no es firme, pudiendo interponerse contra ella recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este Juzgado y del que conocerá, en todo caso, la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.
Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose el original en el libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Sheila Mejías López, extiendo y firmo la presente en Dos Hermanas a diecinueve de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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