Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 07/08/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 10 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1054/2008. (PD. 2344/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1102042C20080004905.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1054/2008. Negociado: A.

Sobre: J. Ordinario.

De: Don Juan María Cuéllar Cárdenas.

Procuradora: Sra. Inmaculada Goma Carballo.

Contra: Naranja Terra Construcciones, S.L.

EDICTO

Doña Cristina Candelas Barajas, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos).

Doy fe y testimonio:

Que en el procedimiento Juicio Ordinario 1054/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Juan María Cuéllar Cárdenas contra Naranja Terra Construcciones, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Jerez de la Frontera, a veintinueve de mayo de dos mil nueve.

La Sra. María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario de Reclamación de Cantidad núm. 1054/2008 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Juan María Cuéllar Cárdenas con Procuradora doña Inmaculada Goma Carballo y Letrada doña María Jesús Chamizo Galavis, y de otra como demandada Naranja Terra Construcciones, S.L., rebelde.

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Juan María Cuéllar Cárdenas contra Naranja Terra Construcciones, S.L., rebelde, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone al actor la cantidad de dieciocho mil setenta y dos con treinta y seis euros (18.072,36), más el interés legal incrementado en dos puntos devengado desde la fecha de vencimiento de los pagarés, y con imposición a la misma de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en termino de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Naranja Terra Construcciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA), extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera a diez de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF