Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 13/08/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de julio de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Granada, dimanante de Divorcio Contencioso núm. 881/2008. (PD. 2428/2009).

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NIG: 1808742C20080019032.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 881/2008. Negociado: B

Sobre:

De: Doña Najat El Amine.

Procuradora: Sra. Carmen Martínez Checa.

Contra: Don Ángel Merino Morales

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 881/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Granada, a instancia de doña Najat El Amine contra don Ángel Merino Morales sobre divorcio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En la ciudad de Granada, a tres de julio de dos mil nueve.

Vistos por la Iltma. Sra. doña María del Carmen Siles Ortega, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Tres de esta ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de divorcio núm. 881B/08 seguidos ante este Juzgado a instancia de doña Najat El Amine Tamri, representada por la Procuradora Sra. Martínez Checa asistida de la Letrada Sra. Linares Lara ,contra don Ángel Merino Morales, en situación procesal de rebeldía, y

FALLO

1.° Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Martínez Checa en nombre y representación de doña Najat El Amine Tamri, contra su esposo don Ángel Merino Morales, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio de dichos cónyuges, celebrado en Granada, el 28 de octubre de 1991, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

2.° Se acuerda la disolución del régimen económico matrimonial y de la sociedad legal de gananciales.

No se hace expresa declaración sobre el abono de las costas causadas.

Firme que sea esta resolución, expídase testimonio literal de la misma para su inscripción marginal junto a la principal de matrimonio, librándose al efecto el oportuno despacho al Sr. Encargado del Registro Civil de Granada.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Ángel Merino Morales, extiendo y firmo la présente en Granada, a veintiuno de julio de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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