Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 28/08/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Orden de 5 de agosto de 2009, por la que se modifican las condiciones de autorización de determinada feria comercial oficial de Andalucía.

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Por Orden de 10 de diciembre de 2008, se autoriza la celebración de ferias comerciales con el carácter de oficial en Andalucía y se aprueba el Calendario de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía para el año 2009 (BOJA núm. 251, de 19 de diciembre de 2009), entre las que figura la «V Feria Agroalimentaria».

La Mancomunidad de Municipios Beturia, entidad organizadora de esta feria, que tenia prevista su celebración en Villanueva de los Castillejos (Huelva) del 27 al 29 de noviembre de 2009, solicita modificar las fechas de la misma, pasando a celebrarse del 4 al 6 de diciembre de 2009, conforme a lo establecido en el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril, que en su artículo 21 permite modificar las condiciones de autorización de una feria comercial oficial.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, y el Decreto 81/1998, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, así como el Decreto 173/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, y previo informe del Comité Consultivo de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía,

DISPONGO

Modificar las fechas de celebración de la «V Feria Agroalimentaria», pasando a celebrarse del 4 al 6 de diciembre de 2009.

La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 5 de agosto de 2009

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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