Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 27/01/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 12 de enero de 2009, de la Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda, dimanante del rollo de apelación núm. 4832/08-F. (PD. 124/2009).

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NIG: 4109142C20030009774.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 4832/2008.

Asunto: 200490/2008.

Autos de: Procedimiento Ordinario 389/2003.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sevilla.

Negociado: 4F.

Apelante: Francisca y Antonia Gordillo Sánchez y Mercedes Sánchez Vázquez

Procurador: Romero Díaz, José María.

Apelado: Francisca, Juana y María Antonia Gordillo López.

Procuradora: Venegas Carrasco, Inés.

Edicto

Don Antonio Elías Pérez, Secretario de la Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo de Apelación núm. 4832/08-F, dimanante de los autos núm. 389/03 del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sevilla, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositivas son del siguiente tenor:

Sentencia núm. 563/08.

Audiencia Provincial de Sevilla, Sección Segunda.

Presidente Ilmo. Sr. don Manuel Damián Álvarez García.

Magistrados, Ilmos. Sres. don Rafael Márquez Romero.

Don Andrés Palacios Martínez.

Referencia:

Juzgado de procedencia: Primera Inst. Sev. 4.

Rollo de apelación núm. 4832/08-F.

Juicio núm. 389/03.

En la ciudad de Sevilla, a 18 de diciembre de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Francisca Gordillo López, Juana Gordillo López y M.ª Antonia Gordillo López, representadas por la Procuradora doña Inés Venegas Carrasco, que en el recurso son parte apelada, contra Francisca Gordillo Sánchez, Antonia Gordillo Sánchez y Mercedes Sánchez Vázquez, representadas por el Procurador don José M.ª Romero Díaz, que en el recurso son parte apelante y contra Manuela Gordillo Vázquez; herederos desconocidos e inciertos de Salud, Ana M.ª, Juana, Domingo y Juan Manuel Gordillo Vázquez; Salud Moreno Gordillo; Juan José Moreno Gordillo; Carmen Vázquez Gordillo; Sebastián Vázquez Gordillo; Juana Vázquez Gordillo; Juan Manuel Aroca Gordillo; Teresa Aroca Gordillo; Antonia Luque Ruiz y José Manuel, Antonio Manuel, Leonardo y Ana M.ª Moreno Luque como herederos como de Roque Moreno Vázquez; Francisca, Alfredo Jorge, Antonio, Dominga, M.ª Alfreda, Jesús M.ª Cabeza Gordillo como herederos de Alfreda Gordillo de la Fuente, todos ellos en rebeldía, y contra Gumersindo, José Domingo y Ana M.ª Vázquez Gordillo como herederos de Carmen Gordillo Vázquez; Francisca Moreno Gordillo; José Vázquez Gordillo; Manuel Gordillo Rodríguez; Miguel Ángel Gordillo Rodríguez y Antonia Gordillo de la Fuente, todos ellos allanados.

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 30 de octubre de 2007, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: «Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Venegas Carrasco, en nombre y representación de doña Francisca Gordillo López, doña Juana Gordillo López y doña María Antonia Gordillo López, contra doña Francisca Gordillo Sánchez, doña Antonia Gordillo Sánchez y doña Mercedes Sánchez Vázquez, y contra doña Manuela Gordillo Vázquez, en situación procesal de rebeldía; don Gumersindo, don José Domingo y doña Ana María Vázquez Gordillo, como herederos de doña Carmen Gordillo Vázquez; herederos desconocidos e inciertos de doña Salud, doña Ana María, doña Juana, don Domingo y don Juan Manuel Gordillo Vázquez, en situación procesal de rebeldía; doña Salud Moreno Gordillo, en situación procesal de rebeldía; don Juan José Moreno Gordillo, en situación procesal de rebeldía; doña Francisca Moreno Gordillo; doña Carmen Vázquez Gordillo, en situación procesal de rebeldía; don Sebastián Vázquez Gordillo, en situación procesal de rebeldía; don José Vázquez Gordillo; doña Juana Vázquez Gordillo, en situación procesal de rebeldía; doña Antonia Luque Ruiz y don José Manuel, don Antonio Manuel, don Leonardo y doña Ana María Moreno Luque como herederos de don Roque Moreno Vázquez, en situación procesal de rebeldía; don Juan Manuel Aroca Gordillo, en situación procesal de rebeldía; doña Teresa Aroca Gordillo, en situación procesal de rebeldía; don Manuel Gordillo Rodríguez; don Miguel Ángel Gordillo Rodríguez; doña Antonia Gordillo de la Fuente; doña Francisca, don Alfredo Jorge, don Antonio, doña Dominga, doña María Alfreda y don Jesús María Cabezas Gordillo como herederos de doña Alfreda Gordillo de la Fuente, en situación procesal de rebeldía:

1.º Debo declarar y declaro que las demandantes son legítimas propietarias del 55,556% de la finca sita en Bormujos (Sevilla), calle Sevilla, núm. 15, con una superficie actual, según la Gerencia Territorial del Catastro, de 789 metros cuadrados, de los que 97 están construidos y con los actuales linderos que se desprenden de la certificación catastral descriptiva y gráfica acompañada como documento núm. 3 de la demanda.

2.º Debo condenar y condeno a todos los demandados a pasar y estar por la anterior declaración.

3.º Se imponen las costas a la parte demandada, con excepción de los codemandados allanados a la misma doña Carmen Gordillo Vázquez (en sus herederos), doña Francisca Moreno Gordillo, don José Vázquez Gordillo, don Manuel Gordillo Rodríguez, don Miguel Ángel Gordillo Rodríguez y doña Antonia Gordillo de la Fuente, respecto de los cuales no se hace imposición de costas.»

Segundo. Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

Tercero. En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Andrés Palacios Martínez

FALLAMOS

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Mercedes Sánchez Vázquez y doña Francisca y doña Antonia Gordillo Sánchez contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. cuatro de esta ciudad con fecha 30 de octubre de 2007, la confirmamos en toda su integridad con expresa condena a las apelantes de las costas devengadas en esta alzada.

Así por esta nuestra sentencia, juzgando definitivamente en segunda instancia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente en el día de su fecha. Doy Fe.

Y para que sirva de notificación a los herederos desconocidos e inciertos de Salud, Ana María, Juana, Domingo y Juan Manuel Gordillo Vázquez, expido la presente en Sevilla, a doce de enero de dos mil nueve.- El Secretario.

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