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NIG: 4109142C20060004232.
Procedimiento: J. Verbal (N) 378/2006. Negociado: 1.
Sobre: Oposición Juicio Monitorio número 166/06.
De: Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A.
Procuradora: Sra. María Dolores Romero Gutiérrez.
Letrado: Sr. Javier Romero Martínez-Cañavate.
Contra: Don Joaquín Sánchez Rufo.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento J. Verbal (N) 378/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra Joaquín Sánchez Rufo, sobre Oposición Juicio Monitorio número 166/06, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla.
Juicio verbal núm. 378/2006-1, dimanante de los autos de juicio monitorio núm. 166/2006-1.
Sentencia de 10 de mayo de 2006.
El llmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de esta ciudad, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En los autos de Juicio Verbal tramitados bajo el número 378/2006-1, dimanante de los autos de juicio monitorio núm. 166/2006-1, en los que figuran las siguientes partes:
- Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores Romero Gutiérrez y con la asistencia Letrada de don Javier Romero-Martínez Cañavate.
- Parte demandada: Don Joaquín Sánchez Rufo, comparecido en su nombre y derecho.
FALLO
Estimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:
1.° Condenar a don Joaquín Sánchez Rufo a abonar a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., las siguientes cantidades:
a) La suma principal de 643,70 € (seiscientos cuarenta y tres euros con setenta céntimos), y los réditos que devengue la precitada suma, al tipo de interés moratorio pactado, desde la fecha en que se dicta esta sentencia.
2.° Condenar a don Joaquín Sánchez Rufo a abonar las costas procesales causadas.
Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a diez de mayo de dos mil seis.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Joaquín Sánchez Rufo, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiuno de septiembre de dos mil siete.- El/la Secretario.
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