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La Orden de 24 de julio de 2009, por la que se regula la distribución de transferencias del Fondo Autonómico de inmigración a los Ayuntamientos andaluces, publicada en BOJA núm. 155, de 11 de agosto de 2009, establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre municipios andaluces con mayor presencia de personas inmigrantes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación Provincial de Empleo realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.
En virtud de cuanto antecede,
R E S U E L V O
Primero. Distribuir la cantidad de ciento noventa y seis mil ciento setenta y tres euros y ochenta y tres céntimos 196.173,83 euros correspondientes a las transferencias del Fondo Autonómico de inmigración en los Ayuntamientos de la provincia de Sevilla, atribuyendo a los municipios que corresponde por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 24 de julio de 2009, las cantidades que se indican en el Anexo adjunto.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.12.00.02.41.460.07.31J.6, el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.
Tercero. Declarar estos gastos con carácter «en firme». En el plazo de tres meses a partir de haberse hecho efectivas las transferencias, los municipios receptores remitirán a la Delegación de Empleo de la Junta de Andalucía en Sevilla y a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. La ejecución del Fondo Autonómico de Inmigración se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio preceptor a través de un Plan de Acción, se enmarquen dentro de las líneas de actuación del II Plan Integral contemplada para las Corporaciones Locales y el Protocolo de Colaboración entre la Consejería de Empleo y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.
Quinto. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO |
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Municipio | Importe |
Alcalá de Guadaíra | 7.706,62 |
Almensilla | 5.396,25 |
Aznalcóllar | 7.211,18 |
Bormujos | 5.775,28 |
Cabezas de San Juan (Las) | 5.775,28 |
Camas | 6.112,79 |
Cantillana | 8.551,70 |
Casariche | 7.632,80 |
Coria del Río | 10.559,67 |
Coronil (El) | 6.449,21 |
Dos Hermanas | 8.644,16 |
Écija | 7.969,13 |
Lebrija | 5.887,78 |
Mairena del Aljarafe | 6.300,30 |
Marchena | 6.544,06 |
Morón de la Frontera | 7.110,59 |
Palacios y Villafranca (Los) | 5.962,79 |
Pilas | 8.630,23 |
Puebla de Cazalla (La) | 5.775,28 |
Rinconada (La) | 6.712,82 |
San Juan de Aznalfarache | 8.119,13 |
Sanlúcar la Mayor | 5.681,52 |
Sevilla | 11.306,79 |
Tocina | 6.080,00 |
Utrera | 7.162,84 |
Villamanrique de la Condesa | 5.677,60 |
Viso del Alcor (El) | 5.737,77 |
Cuervo de Sevilla (El) | 5.700,26 |
Total provincia Sevilla | 196.173,83 |
Sevilla, 3 de septiembre de 2009.- El Delegado, Antonio Rivas Sánchez. |