Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 189 de 25/09/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 25 de mayo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Roquetas de Mar, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 625/2006. (PD. 2756/2009).

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NIG: 0407942C20060001795.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario núm. 625/2006. Negociado: R2.

Sobre: Elevar contrato de compra-venta a escritura pública.

De: Don Salvador Gutiérrez Castro.

Procuradora: Sra. Alicia de Tapia Aparicio.

Letrado: Sr. Ojeda López, Manuel.

Contra: Herederos desconocidos de María Estrella Moreno Moreno y Pedro Rodríguez Moreno.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento, Procedimiento Ordinario 625/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Roquetas de Mar a instancia de Salvador Gutiérrez Castro contra herederos desconocidos de María Estrella Moreno Moreno y Pedro Rodríguez Moreno sobre elevar contrato de compraventa a escritura pública, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA NÚM. 23/09

En Roquetas de Mar, a 10 de febrero del 2009.

M.ª Belén López Moya, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Roquetas de Mar (Almería), ha visto los autos de Juicio Ordinario núm. 625/06, seguidos a instancia de Salvador Gutiérrez Castro, representado por la procuradora Sra. De Tapia Aparicio y asistido del letrado Sr. Ojeda López, contra los herederos desconocidos de María Estrella Moreno Moreno y Pedro Rodríguez Moreno, en situación de rebeldía procesal, Juicio sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Salvador Gutiérrez Castro frente a los herederos desconocidos de María Estrella Moreno Moreno y Pedro Rodríguez Moreno en los términos siguientes:

Declaro que con fecha 9 de diciembre de 1999, Salvador Gutiérrez Castro adquirió a María Estrella Moreno Moreno y a los herederos de su esposo fallecido, Pedro Rodríguez Moreno, representados por aquella, mediante contrato privado, la vivienda sita en C/ San Juan, s/n, de Roquetas de Mar, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de dicha localidad, al Tomo 596, Folio 236, Libro 31, finca núm. 2306, inscripción 1.ª

Condeno a los demandados al otorgamiento de escritura pública de compraventa en el plazo de 30 días desde la firmeza de la sentencia, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo se procederá al otorgamiento judicial de la citada escritura.

Condeno a los demandados a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos, imponiendo a los mismos el pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados declarados en situación de rebeldía procesal herederos desconocidos de María Estrella Moreno Moreno y Pedro Rodríguez Moreno, extiendo y firmo la presente, en Roquetas de Mar, a veinticinco de mayo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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