Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 07/10/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2009, por la que se concede modificación de la autorización al centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Rodolfo A. Sulit, como representante de la entidad First Step Horizons, S.L, titular del centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville», sito en Urbanización La Juliana, parcelas 40a y 40b, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), solicitando modificación de la autorización de enseñanzas según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que por Orden de 6 de marzo de 2009, el centro, con código 41014672, contaba con autorización temporal, con validez hasta el 30 de junio de 2009, para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico desde Nursery (Educación infantil de 3 años) hasta Year 9 (2.° curso de Educación secundaria obligatoria) para 220 puestos escolares, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España, que ha realizado una nueva inspección del centro.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; y el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, una modificación de su autorización, al centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville» de Bollullos de la Mitación (Sevilla), para impartir enseñanzas del sistema educativo británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la siguiente configuración del centro:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «Britannia, The British School of Seville».

Código: 41014672.

Titular: First Step Horizons, S.L.

Domicilio: Urbanización La Juliana, parcelas 40a y 40b.

Localidad: Bollullos de la Mitación.

Municipio: Bollullos de la Mitación.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas a impartir:

Con autorización plena para 115 puestos escolares:

- Desde Nursery (Educación Infantil de 3 años) hasta Year 6 (5.° curso de Educación Primaria).

Con autorización temporal para 15 puestos escolares:

- Desde Year 7 (6.° curso de Educación Primaria) hasta Year 9 (2.° curso de Educación Secundaria Obligatoria).

Segundo. El centro docente privado extranjero «Britannia, The British School of Seville» deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de la lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a Educación infantil, Educación primaria y Educación secundaria obligatoria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno, de Conocimiento del medio natural, social y cultural y de Ciencias sociales, geografía e historia, respectivamente, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización a la que se refiere esta Orden tendrá validez temporal hasta el 30 de junio de 2011, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de la fecha indicada, la autorización dependerá de la nueva inspección de los Servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente modificación se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2009

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de Educación

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