Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2009

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de 16 de diciembre de 2008, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la Resolución adoptada al recurso de alzada interpuesto por don José Ángel Borrego Domínguez, recaída en el expediente 29-000075-07-P.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal a don José Ángel Borrego Domínguez, en nombre y representación de Filter Queen Malaga, S.C., de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio, reproduciéndose a continuación el texto íntegro:

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

En la ciudad de Sevilla, a 14 de octubre de 2008.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. El Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga dictó la Resolución de referencia, por la que se le impone una sanción de 601 euros, tras la tramitación del correspondiente expediente, por incumplir los requisitos de las obligaciones o prohibiciones legales o reglamentarias e incumplir medidas o requerimientos de la Administración.

En cuanto a los fundamentos de derecho, nos remitimos a la resolución impugnada en aras del principio de economía procesal.

Segundo. Contra la anterior Resolución, se interpuso recurso de alzada, en el que, en síntesis, se alegó:

- Que el contrato por el que se sanciona, no fue redactado por ellos, sino por un profesional; el contrato se ha modificado. Que el reclamante no sufrió ningún daño ni perjuicio.

- Solicita la imposición de un sanción por importe de 200 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación de la Consejera realizada por la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso de alzada, a tenor de lo dispuesto en los artículos 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. De conformidad con el artículo 89.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la aceptación de informes o dictámenes servirá de motivación a la Resolución cuando se incorporen al texto de la misma, en su virtud se incorpora el texto del informe al recurso de alzada emitido por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga de fecha 24 de septiembre de 2007, en el que textualmente se manifiesta que: «(...). Examinadas las alegaciones formuladas por el recurrente, este órgano considera que las mismas no desvirtúan la naturaleza infractora de los hechos, toda vez que se manifiesta que se ha redactado un nuevo modelo de contrato en el que se ha suprimido la cláusula de compensación del 5% de la venta para el caso de que se produzca la revocación. No aportándose en ningún momento del procedimiento copia del nuevo contrato que acredite que los hechos han sido subsanados, tal y como ocurrió con la documentación requerida en su día que fue enviada junto a las alegaciones al Acuerdo de Inicio, por lo que se amonestó a la interesada por dicha infracción, por lo que se estima que procede la ratificación de (...) la Resolución recurrida (...)».

Vistos los preceptos citados y normas de general y especial aplicación,

R E S U E L V O

Desestimar el recurso de alzada interpuesto por don José Ángel Borrego Domínguez, en representación de Filter Queen Málaga, S.C. contra la Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, de fecha referenciada, en consecuencia mantener la misma en sus propios términos. Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. La Secretaria General Técnica, Isabel Liviano Peña.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de diciembre de 2008.- El Jefe de Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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