Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 12 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba la desafectación parcial de la «Colada del Arroyo del Tejar», en los tramos afectados por el SAU-3 y el S-3 del P.P. AAU-1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Gibraleón, provincia de Huelva, VP 042/08.

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Examinado el Expediente de Desafectación Parcial de la vía pecuaria «Colada del Arroyo del Tejar», en los tramos afectados por el SAU-3 y el S-3 del P.P. AAU-1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Gibraleón, provincia de Huelva, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria «Colada del Arroyo del Tejar» está incluida en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Gibraleón, aprobado por Orden Ministerial de 28 de febrero de 1952, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 11 de marzo de 1952, con una anchura legal variable.

Segundo. Por Resolución de 30 de junio de 2008, del Viceconsejero de Medio Ambiente, la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Huelva, a solicitud del Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, se acordó el inicio del expediente de desafectación parcial de la vía pecuaria de referencia.

La propuesta de desafectación, iniciada a solicitud del Ayuntamiento de Gibraleón, aprobada por la Junta de Gobierno Local de 5 de marzo de 2008, comprende los ámbitos del Plan Parcial del SAU-3 clasificado como Suelo Apto para Urbanizar, con uso residencial, por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Gibraleón, aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el 29 de julio de 1991, y el Sector S-3 del P.P. AAU-1 clasificado como Suelo Urbanizable, con uso industrial.

Tercero. Instruido el expediente de desafectación por la Delegación Provincial de Huelva, conforme a los trámites preceptivos, el mismo fue sometido a trámite de información pública, previamente anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva número 171, de 5 de septiembre de 2008.

Durante el período de exposición pública se ha formulado una alegación.

Cuarto. Con fecha 3 de noviembre de 2008, la Delegación Provincial de Huelva eleva Propuesta de Resolución junto al expediente administrativo instruido al efecto, de la Desafectación Parcial «Colada del Arroyo del Tejar», en los tramos afectados por el SAU-3 y el S-3 del P.P. AAU-1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Gibraleón, provincia de Huelva.

Quinto. Las parcelas a desafectar suponen una superficie de 11.189,96 m2, y una longitud de 549,57 metros lineales, asociada a la vía pecuaria «Colada del Arroyo del Tejar», a su paso por el Sector SAU-3 y el S-3 del P.P. AAU-1 se encuentran afectos al desarrollo urbanístico de las Normas Subsidiarias de Planeamiento municipal actualmente vigentes y en la actualidad no son susceptibles para el desarrollo del uso ganadero, ni de los usos complementarios y compatibles contemplados en el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21 de julio.

A tales antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente procedimiento administrativo de desafectación, en virtud de lo establecido en el artículo 31.3 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación el artículo 31.3 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. Durante el período de exposición pública se formuló una alegación por parte de Promociones Hernández González 2, S.L., y Construcciones Hermanos Cordero, S.L., en la que manifiestan que las longitudes a desafectar que aparecen en la Resolución de Inicio son erróneas.

Con respecto a la misma ha de indicarse que los datos que constan en dicha resolución son aproximados, siendo en la Resolución de Aprobación del presente procedimiento, es decir una vez realizados los trabajos técnicos de determinación y planimetría de los terrenos objeto de desafectación, cuando se establecen las longitudes y superficies exactas.

Considerando que en la presente desafectación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás normativa aplicable.

Vista la propuesta de desafectación, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Huelva,

RESUELVO

Aprobar la desafectación parcial de la vía pecuaria «Colada del Arroyo del Tejar», en los tramos afectados por el SAU-3 y el S-3 del P.P. AAU-1, del termino municipal de Gibraleón, provincia de Huelva, con una superficie de 11.189 m2, delimitada mediante las coordenadas y linderos que se relacionan a continuación.

Sector S-3 del P.P. AAU-1

Al Norte:

Linda con Don Vicente Palanco Contreras (4/22).

Al Sur:

Linda con Agencia Andaluza del Agua-Arroyo del Tejar (1/9009).

Al Este:

Linda con Agencia Andaluza del Agua-Arroyo del Tejar (1/9009), con Promociones Hernández González 2, S.L. (1089003PB8318), con Olivo Clasic, S.A.L. (18089006PB8318)..., con don José Manuel Bebia Barbosa (1087004PB8318), con Agencia Andaluza del Agua-Arroyo del Tejar (1/9009), con Promociones Hernández González 2, S.L., y Construcciones Hermanos Cordero, S.L. (2/5), con Agencia Andaluza del Agua-Arroyo del Tejar (1/9009).

Al Oeste:

Linda con Promociones Hernández González 2, S.L. (1089003PB8318), con Olivo Clasic, S.A.L. (18089006PB8318), con don José Manuel Bebia Barbosa (1087004PB8318), con Ministerio de Fomento (2/4).

Sector SAU-3

Al Norte:

Linda con Urbanización y Viviendas Cáceres, S.A. (46013PB98308).

Al Sur:

Linda con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-vía férrea de Huelva a Zafra (5/9003).

Al Este:

Linda con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-víaférrea de Huelva a Zafra (2/9005), con Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-vía férrea de Huelva a Zafra (5/9003).

Al Oeste:

Linda con Ayuntamiento de Gibraleón-Zona Urbana (5/9000).

COLADA DEL ARROYO DEL TEJAR, GIBRALEÓN
PUNTOS COORDENADA X COORDENADA Y
1I 149.293,07 4.143.632,36
2I 149.269,12 4.143.665,28
1D 149.870,79 4.144.275,25
2D 149.864,33 4.144.265,72
3D 149.850,49 4.144.253,84
4D 149.833,44 4.144.216,15
5D 149.817,18 4.144.188,64
6D 149.816,40 4.144.168,71
7D 149.807,85 4.144.164,54
8D 149.804,78 4.144.137,52
9D 149.801,37 4.144.114,77
10D 149.767,54 4.144.073,45
11D 149.751,76 4.144.054,83
12D 149.733,99 4.144.026,54
13D 149.677,62 4.143.961,18
14D 149.631,15 4.143.908,00
15D 149.607,57 4.143.891,67
16D 149.602,27 4.143.888,95
17D 149.330,41 4.143.713,30
18D 149.327,45 4.143.712,99
19D 149.314,89 4.143.715,82
20D 149.303,54 4.143.716,81
21D 149.301,11 4.143.716,63
22D 149.291,89 4.143.712,49
23D 149.284,94 4.143.706,53
24D 149.268,66 4.143.690,82
25D 149.262,27 4.143.685,56
26D 149.257,16 4.143.681,87
1C 149.885,15 4.144.271,73
2C 149.876,39 4.144.257,30
3C 149.867,60 4.144.235,52
4C 149.852,45 4.144.216,24
5C 149.827,29 4.144.157,77
6C 149.812,61 4.144.134,73
7C 149.811,35 4.144.130,75
8C 149.803,60 4.144.114,39
9C 149.796,23 4.144.100,21
10C 149.786,83 4.144.083,39
11C 149.779,81 4.144.072,81
12C 149.775,46 4.144.066,03
13C 149.772,67 4.144.062,18
14C 149.768,25 4.144.057,12
15C 149.762,73 4.144.052,27
16C 149.758,69 4.144.048,51
17C 149.756,65 4.144.046,23
18C 149.754,42 4.144.043,37
19C 149.751,84 4.144.039,77
20C 149.748,79 4.144.035,35
21C 149.742,68 4.144.026,95
22C 149.740,84 4.144.024,89
23C 149.737,90 4.144.020,41
24C 149.734,12 4.144.013,21
25C 149.727,84 4.144.003,77
26C 149.721,56 4.143.991,52
27C 149.711,77 4.143.978,21
28C 149.710,41 4.143.975,39
29C 149.706,72 4.143.964,85
30C 149.682,59 4.143.929,64
31C 149.677,71 4.143.921,24
32C 149.676,70 4.143.919,79
33C 149.675,05 4.143.915,89
34C 149.673,05 4.143.906,91
35C 149.671,72 4.143.905,08
36C 149.669,97 4.143.901,54
37C 149.668,12 4.143.896,71
38C 149.666,84 4.143.894,89
39C 149.661,80 4.143.890,65
40C 149.648,44 4.143.884,53
41C 149.643,43 4.143.882,01
42C 149.638,20 4.143.879,35
43C 149.632,55 4.143.876,59
44C 149.621,81 4.143.870,97
45C 149.615,94 4.143.868,35
46C 149.607,87 4.143.864,86
47C 149.595,85 4.143.859,36
48C 149.325,15 4.143.702,88
49C 149.321,30 4.143.690,99
50C 149.311,77 4.143.661,71
51C 149.306,37 4.143.653,47
52C 149.299,00 4.143.641,84
53C 149.293,95 4.143.634,41

Conforme a lo establecido en el artículo 31.8 del Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se dará traslado de la presente Resolución a la Consejería de Economía de Economía y Hacienda, para que por esta última se proceda a su incorporación como bien patrimonial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, realizándose la toma de razón del correspondiente bien en el Inventario General de Bienes y Derechos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 12 de diciembre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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