Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 19/11/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

Resolución de 20 de octubre de 2009, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Música y Artes Escénicas en centros docentes públicos dependientes de esta Consejería.

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Con el fin de proveer en régimen de nombramiento interino las vacantes o sustituciones que puedan producirse en los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, de conformidad con la Orden de 5 de junio de 2006, de la Consejería de Educación (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza, y en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 121/2008, de 29 de abril (BOJA de 2 de mayo), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Publicar convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en puestos de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores de Música y Artes Escénicas, en centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, en las especialidades que se relacionan a continuación:

Código: 590 Cuerpo: Profesores de Enseñanza Secundaria

Código Especialidad

006 Matemáticas

201 Lengua de Signos

803 Cultura Clásica

Código: 591 Cuerpo: Profesores Técnicos de Formación Profesional

Código Especialidad

201 Cocina y Pastelería

208 Laboratorio

209 Mantenimiento de Vehículos

226 Servicios de Restauración

227 Sistemas y Aplicaciones Informáticas

Código: 592 Cuerpo: Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

Código Especialidad

012 Italiano

Código: 594 Cuerpo: Profesores de Música y Artes Escénicas

Código Especialidad

406 Contrabajo

407 Coro

408 Fagot

412 Fundamentos de Composición

415 Guitarra Flamenca

420 Órgano

427 Trompa

429 Tuba

431 Viola

432 Viola da Gamba

437 Danza Contemporánea

441 Canto Aplicado al Arte Dramático

448 Espacio Escénico

456 Técnicas Escénicas

457 Técnicas Gráficas

458 Teoría e Historia del Arte

460 Lenguaje Musical

Segundo. La presente convocatoria se regirá conforme a lo establecido en la Orden de 5 de junio de 2006 (BOJA de 29 de junio), por la que se fija el baremo y se establecen las bases que deben regir las convocatorias que con carácter general efectúe la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, a fin de cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones en los Cuerpos Docentes de Enseñanza dependientes de esta Consejería, excepto las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza.

Tercero. Las personas participantes en la presente convocatoria, además de la documentación recogida en la Orden de 5 de junio de 2006, deberán presentar cumplimentado el Anexo I a la presente Resolución, que contiene declaración jurada o promesa de no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas.

Asimismo, quienes no posean la nacionalidad española deberán presentar, además, los siguientes documentos:

- De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, deberán acreditar, a través del citado Anexo I, no sufrir sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

- El personal que resida en España deberá presentar fotocopia del documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de personal trabajador comunitario fronterizo, en vigor. El personal que sea nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberá presentar dos fotocopias compulsadas del documento de identidad o pasaporte.

- El personal familiar incluido en el párrafo anterior deberá presentar fotocopia del pasaporte o del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la tarjeta o la exención del visado y de dicha tarjeta. En caso contrario deberá presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa de la persona con la que existe este vínculo de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, de que el personal participante vive a sus expensas o está a su cargo.

Cuarto. La Comisión de Valoración de la prueba de conocimiento del castellano a que se refiere el apartado 3 del artículo segundo de la Orden de 5 de junio de 2006, estará constituida por la Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial de Sevilla o persona en quien delegue, que actuará como presidenta, y cuatro miembros del personal del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Lengua Castellana y Literatura que actuarán como vocales, actuando como secretario o secretaria la persona que nombre la presidenta de la comisión. Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido, por resolución de esta Dirección General se designarán los miembros de la citada Comisión, indicando asimismo, el lugar y la fecha de realización de la prueba.

Concluida la prueba, la Comisión de Valoración hará pública la lista de las personas con la calificación obtenida («apto» o «no apto») en los tablones de anuncios del lugar donde se celebre la citada prueba y en los de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, remitiendo una copia de la misma a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Contra la valoración de la prueba de conocimiento del castellano realizada por la Comisión de Valoración se podrá interponer recurso de alzada ante el Director General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. El personal aspirante a la especialidad de Danza Contemporánea (594 437) que alegue como requisito de titulación la documentación acreditativa o, en su caso, oportuna credencial de la completa superación de los estudios oficiales de Danza Clásica, expedidos de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 600/1999, de 16 de abril, deberá realizar una prueba práctica consistente en demostrar su aptitud pedagógica para transmitir sus conocimientos y dominios técnicos al alumnado, impartiendo una clase de Danza Contemporánea con los tiempos musicales adecuados, sobre ejercicios o pasos propios basados en las distintas técnicas, extraídos al azar de entre los propuestos por la Comisión, con una duración máxima de 10 minutos. La Comisión de Valoración aportará los fragmentos musicales.

Una vez expuestas las listas provisionales de personal admitido por resolución de esta Dirección General, se designarán los miembros de la citada Comisión y se indicará el lugar y la fecha de la realización de la prueba. La prueba se calificará con «apto» o «no apto». El personal que sea declarado «no apto» no podrá figurar en el listado de personal admitido.

Contra la valoración de la prueba práctica realizada por la Comisión de Valoración se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. El personal que participe como aspirante a la especialidad de Lenguaje de Signos, deberá reunir los siguientes requisitos específicos:

Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Licenciado en Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Antropología Social y Cultural o Ciencias del Trabajo; Diplomado en Educación Social o Trabajo Social; Maestro, en todas sus especialidades.

Además, han de tener conocimiento del Lenguaje de Signos (LSE), acreditado mediante el Título de Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos o Certificado de Formación Profesional Ocupacional de «Comunicación en Lenguaje de Signos» o Master en Lenguaje de Signos o equivalente o Experto universitario en interpretación de lengua de signos o equivalente.

Séptimo. La valoración de los méritos del personal solicitante será realizada por las Comisiones Baremadoras que designen las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de:

Almería

- 594 431 Viola

- 594 432 Viola Da Gamba

- 594 437 Danza Contemporánea

Cádiz

- 591 201 Cocina y Pastelería

- 591 209 Mantenimiento de Vehículos

- 591 226 Servicios de Restauración

Córdoba

- 594 415 Guitarra Flamenca

- 594 441 Canto Aplicado al Arte Dramático

- 594 448 Espacio Escénico

- 594 458 Teoría e Historia del Arte

Granada

- 591 227 Sistemas y Aplicaciones Informáticas

- 594 456 Técnicas Escénicas

- 594 457 Técnicas Gráficas

Huelva

- 590 803 Cultura Clásica

- 594 412 Fundamentos de Composición

Jaén

- 590 006 Matemáticas

- 592 012 Italiano

Málaga

- 591 208 Laboratorio

- 594 406 Contrabajo

- 594 407 Coro

- 594 408 Fagot

Sevilla

- 590 201 Lengua de Signos

- 594 420 Órgano

- 594 427 Trompa

- 594 429 Tuba

- 594 460 Lenguaje Musical

Las Comisiones Baremadoras estarán integradas por:

- Presidente: El Jefe o Jefa del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Provincial o persona en quien delegue.

- Vocales:

• Un representante del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria.

• El personal funcionario que se designe, de acuerdo con el número de solicitudes presentadas.

Cada una de las organizaciones sindicales integrantes de la Junta de Personal podrá nombrar una persona representante como observadora del proceso de baremación.

Octavo. Las Comisiones Baremadoras remitirán a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos las actas correspondientes al listado de personal admitido con las puntuaciones de los méritos alegados en cada uno de los apartados del baremo, así como el listado del personal excluido con indicación de la causa de exclusión, para la publicación, por parte de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de las resoluciones provisional y definitiva de los listados de personal admitido y excluido.

Noveno. Con la publicación de la resolución provisional de los listados de personal admitido y excluido, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por el artículo 1.19 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, se considerará efectuada la notificación al personal interesado con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite.

Asimismo, el personal admitido sólo podrá figurar en la lista definitiva de aspirantes a interinidad de una especialidad, por lo que, en caso de haber sido admitido provisionalmente para más de una especialidad estará obligado a optar por una de ellas en el plazo de alegaciones a los listados provisionales establecido. De no hacerlo así, figurará en la especialidad que la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos considere.

Décimo. Quienes participen en esta convocatoria consignarán, en el Anexo II de la presente Resolución, una provincia y, potestativamente, hasta ocho provincias para posibles vacantes o sustituciones. De no hacerlo así, se incluirán de oficio las ocho provincias de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de octubre de 2009.- El Director General, Manuel Gutiérrez Encina.

ANEXO I

CONVOCATORIA PARA CUBRIR VACANTES O SUSTITUCIONES DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (RESOLUCIÓN DE 20 DE OCTUBRE DE 2009)

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Don/Doña ………………………………………………..………......, con domicilio en ……………..……………………………………………. y con Documento Nacional de Identidad o Pasaporte Número ......................................., declara bajo juramento o promete no estar en situación de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni tener inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas, y en el caso de no poseer la nacionalidad española, que no sufre sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

En ............................... a ......... de ...................... de 20.......

Fdo.: ........................................................................

ANEXO II

CONVOCATORIA PARA CUBRIR VACANTES O SUSTITUCIONES DE LOS CUERPOS DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA, DE PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS Y DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (RESOLUCIÓN DE 20 DE OCTUBRE DE 2009)

DNI ............................ 1.er apellido ........................................ 2.º apellido ........................................ Nombre ........................... Teléfonos ........................................../.......................................... Domicilio ............................................................ C.P. .................. Localidad ..................................... Provincia ...............................

PETICIÓN DE PROVINCIA/S PARA SUSTITUCIONES

1.ª 2.ª 3.ª 4.ª 5.ª 6.ª 7.ª 8.ª

04 ALMERÍA 21 HUELVA

11 CÁDIZ 23 JAÉN

14 CÓRDOBA 29 MÁLAGA

18 GRANADA 41 SEVILLA

En ............................... a ......... de ...................... de 20.......

Fdo.: ........................................................................

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