Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 26 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba la Desafectación Parcial y la Modificación de Trazado de la vía pecuaria «Cordel de Gerena», vinculada al PPI-2 «Los Llanos» y la unidad de ejecución 1 del PPI-3 «Jardín de Alá», en el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla. VP @2686/08

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Examinado el expediente de Desafectación Parcial y Modificación de Trazado Parcial de la vía pecuaria «Cordel de Gerena», en el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria «Cordel de Gerena», en el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla, está clasificada por Orden Ministerial de 9 de noviembre de 1962 y publicada en el Boletín Oficial del Estado de 26 de noviembre de 1962.

Segundo. La Modificación de Trazado de la vía pecuaria «Cordel de Gerena», en el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla, está motivada con la finalidad de dar cumplimiento a la Declaración de Impacto Ambiental emitida por la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, recaída sobre la tramitación de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Salteras.

Tercero. El Ayuntamiento de Salteras traslada a la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla Acuerdo Plenario, de 1 de octubre de 2008, en el que se incluye propuesta de ordenación de la vía pecuaria planteada en la modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento, la cual se efectuará en dos fases, la primera y a la que nos referimos con la presente Resolución, dentro del ámbito del PPI-2 «Los Llanos» y la Unidad de Ejecución 1 del PPI-3 «Jardín de Alá», y otra posterior dentro del ámbito de la Unidad de Ejecución 2 del PPI-3 «Jardín de Ala».

Cuarto. La Modificación de Trazado afecta a la vía pecuaria «Cordel de Gerena», a su paso por el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla, con una longitud de 1.072,64 metros lineales.

El tramo resultante transcurre por el denominado ámbito del PPI-2 «Los Llanos» y la Unidad de Ejecución 1 del PPI-3 «Jardín de Alá», desde la parcela resultante del Plan Parcial I 2 «Los Llanos» señalada con la letra D hasta la Carretera Nacional 630, con una longitud de 2.117,30 metros lineales.

Quinto. El Ayuntamiento de Salteras asume el compromiso de garantizar el acondicionamiento del nuevo trazado conforme acuerde la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Sevilla, no suponiendo incremento presupuestario para la Consejería de Medio Ambiente. A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 41.5.º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. Aportados los terrenos necesarios para la materialización de la modificación de trazado parcial de la vía pecuaria «Cordel de Gerena», mediante la aportación de escrituras.

Cuarto. Examinado el procedimiento seguido en la instrucción del expediente se constata que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 12 de la Ley de Vías Pecuarias, como en el artículo 39 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía así como quedan garantizados los requisitos exigidos en el citado reglamento relativos a la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles.

Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla,

RESUELVO

Primero. Desafectar parcialmente la vía pecuaria «Cordel de Gerena», a su paso por el término municipal de Salteras, provincia de Sevilla, con una longitud de 1.072,64 metros lineales, que linda al norte con Gestión Inmobiliaria Umbela 4, S.L., Gopesa Servicios Inmobiliarios, S.L., Susana Domínguez Abolacio, Rafael Cobo González, Carretera N-630; al sur con Gestión Inmobiliaria Umbela 4, S.L., Gopesa Servicios Inmobiliarios, S.L., Unión de Bienes Patrimoniales, S.L., Onubense de Desarrollo Inmobiliario, S.A., Hilario, Alejandro, Víctor y Pedro Revuelta Pérez, M.ª Isabel Pagador Carrasco, M.ª Eugenia González Alonso, Julia López, al este más de esta misma vía pecuaria y al oeste, más de esta misma vía pecuaria.

Segundo. Aprobar la Modificación de Trazado a su paso por el denominado ámbito del PPI-2 «Los Llanos» y la Unidad de Ejecución 1 del PPI-3 «Jardín de Alá», con una longitud de 2.117,30 metros lineales, que linda al norte con parcela resultante del Plan Parcial I 2 «Los Llanos» señalada con la letra D, Sistema General depósito, y con la Unidad de Ejecución 1 del Sector PPI-·3 «Jardín de Alá», al sur con límite de la Unidad de Ejecución, al este con parcelas resultantes que traen correspondencia de la finca de origen número 3.926 y con la Unidad de Ejecución 2 del Plan Parcial I-3 «Jardín de Alá», al oeste, con límite de la Unidad de Ejecución Plan Parcial I 2 «Los Llanos», delimitada mediante las coordenadas que se relacionan a continuación.

Tramo a modificar:

TERRENOS ACTUALES
COORDENADAS CORDEL GERENA
PUNTO X Y
1 229923,17 4150605,43
2 229908,41 4150599,91
3 229985,90 4150550,27
4 229982,62 4150523,19
5 230105,50 4150464,34
6 230167,19 4150402,11
C1 230309,17 4150285,97
C2 230305,72 4150999,77
27 230267,45 4150330,61
28 230156,86 4150420,04
29 230110,54 4150467,46
30 230077,08 4150519,65
31 229988,06 4150562,25
LOS LLANOS
COORDENADAS CORDEL GERENA
PUNTO X Y
1 229474,56 4150975,27
2 229450,42 4150963,90
3 229478,11 4150930,27
4 229494,01 4150913,28
5 229500,85 4150893,26
6 229545,31 4150851,24
7 229653,53 4150754,21
8 229770,91 4150664,05
9 229875,95 4150598,41
10 229982,62 4150523,19
11 229985,90 4150550,27
12 229908,41 4150599,91
13 229923,17 4150605,43
14 229827,10 4150673,23
15 229707,58 4150756,91
16 229605,13 4150847,86
17 229540,08 4150905,18

Nuevo trazado:

LOS LLANOS
COORDENADAS DESLINDE VEREDA
PUNTO X Y
1 229450,42 4150963,90
2 229494,01 4150913,28
3 229496,90 4150907,99
4 229519,71 4150835,51
5 229544,94 4150735,53
6 229563,73 4150661,17
7 229590,35 4150556,07
8 229629,47 4150401,98
9 229661,25 4150277,62
10 229700,33 4150124,80
11 229739,14 4149972,10
12 229777,94 4149818,92
13 229818,31 4149654,74
14 229836,53 4149582,99
15 229899,74 4149593,13
16 229905,84 4149602,36
17 229903,38 4149608,78
18 229848,13 4149600,20
19 229833,34 4149658,33
20 229810,05 4149760,79
21 229792,84 4149822,86
22 229754,05 4149975,89
23 229715,20 4150128,60
24 229676,09 4150281,44
25 229644,29 4150405,76
26 229605,15 4150559,82
27 229578,52 4150664,91
28 229559,71 4150739,26
29 229534,38 4150839,57
30 229511,11 4150922,26
31 229464,56 4150970,62
JARDIN DE ALÁ
COORDENADAS DESLINDE VEREDA
PUNTO X Y
1 229887,94 4149590,97
2 229901,08 4149546,94
3 229934,65 4149489,42
4 230055,67 4149517,48
5 230095,30 4149527,70
6 230132,91 4149535,36
7 230173,74 4149532,35
8 230219,53 4149532,88
9 230264,38 4149536,84
10 230314,04 4149560,02
11 230349,75 4149574,03
12 230408,01 4149585,24
C1 230435,34 4149591,90
C2 230431,19 4149611,,42
22 230403,84 4149604,89
23 230345,99 4149593,75
24 230318,74 4149584,66
25 230261,74 4149556,82
26 230216,65 4149552,76
27 230185,23 4149550,71
28 230169,66 4149553,17
29 230130,42 4149555,34
30 230090,42 4149547,19
31 230053,94 4149538,71
32 229944,39 4149510,31
33 229919,25 4149556,58
34 229912,99 4149577,78
35 229905,84 4149602,36

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de noviembre de 2008.- La Director General, Rocío Espinosa de la Torre.

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