Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 19 de noviembre de 2009, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se encomienda a la Empresa Pública Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U. las actuaciones que se citan.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 153, de 28 de diciembre de 2002), el Servicio Andaluz de Empleo, como Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma, adscrito a la Consejería de Empleo, tiene asignada la competencia y gestión de la política de empleo de la Junta de Andalucía.

Le corresponde, la planificación, gestión, promoción y evaluación de los distintos programas y acciones para el empleo, competencia de la Comunidad Autónoma, siendo de su competencia, según el artículo 1 del Decreto 170/2009, de 19 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo, las atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del artículo 62 y 63 del Estatuto de Autonomía para Andalucía en materia de empleo, y en especial, según el mismo artículo 1, en su apartado 6 las políticas activas de empleo atribuidas por el articulo 3 de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación del Servicio Andaluz de Empleo, como son, entre otras entre otras, la intermediación laboral, mediante la cualificación de la demanda y la dinamización de la oferta de empleo, el fomento del empleo y de su calidad y estabilidad, la promoción y el desarrollo de empleo local, la formación profesional para el empleo, la orientación e información profesional, la ejecución y coordinación de las acciones derivadas de la Estrategia Europea por el Empleo en la Comunidad Autónoma, así como la participación en los programas e iniciativas comunitarias objeto de las materias que son competencia de su competencia.

El Servicio Andaluz de Empleo se encuentra actualmente en un proceso de modernización tanto de sus procesos de gestión interna como, y particularmente, de su relación con el ciudadano y otras Administraciones Públicas, en orden a satisfacer también los requisitos establecidos por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. En este sentido, tiene como objetivo conseguir una más eficaz y eficiente, reduciendo los tiempos de respuesta en todos sus procesos, así como sus cargas administrativas y de gestión.

En este sentido, es de vital importancia para el Servicio Andaluz de Empleo, disponer de sistemas que permitan ofrecer servicios eficaces y adaptados a las necesidades actuales en materia de Formación para el Empleo por lo que se requiere del desarrollo de una Aplicación Integral de Gestión de los Servicios de Formación para el Empleo que contribuya a la mejora del servicio a la ciudadanía en este área. Se trata de centralizar la información en un repositorio único que garantice la coherencia y homogeneidad de los datos manejados en relación a los cursos, contenidos, alumnado, personal docente, certificados de profesionalidad y diplomas, centros de formación, etc, así como la interoperabilidad con otros sistemas de gestión del Servicio Andaluz de Empleo.

Para tal fin se pretende desarrollar un sistema modular que permita su crecimiento mediante el desarrollo de nuevos componentes y que posibiliten su integración de forma natural entre sí y con los sistemas externos. El sistema a desarrollar debe cubrir las principales funcionalidades de gestión de la Formación Profesional para el Empleo a excepción de la tramitación de expedientes administrativos que se realizará mediante la herramienta corporativa correspondiente, con la cual habrá de estar plenamente integrado el sistema a desarrollar.

Dada la escasez de recursos propios para esta importante tarea, se considera, que el mejor modo de alcanzar los objetivos antes citados, en las actuales condiciones del Servicio Andaluz de Empleo, y atendiendo al art. 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su apartado 1, es encomendando los servicios de «Desarrollo de un Sistema Integral de Gestión de los Servicios de Formación Profesional para el Empleo» a la «Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, S.A.U.», en adelante SADESI, entidad instrumental del sector público andaluz, con experiencia probada en la realización de estos trabajos.

De igual forma, hay que señalar que estos dispositivos y procedimientos del sistema de gestión de las políticas activas de empleo, dentro del citado Plan de Modernización II, se va a financiar con fondos procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, por lo que el gasto generado por esta encomienda de gestión se encuadra dentro de lo establecido en el Eje 1, apartado 3.1.2 del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para Andalucía, en la categoría de gasto 1.13 «Servicios y aplicaciones para el ciudadano (servicios electrónicos en materia de salud, administración pública, formación, inclusión etc.)».

En dicho apartado se contemplan actuaciones relacionadas con la educación y el empleo que dan sentido y permiten encuadrar estos trabajos dentro de la mencionada categoría de gasto. Así podemos destacar:

- Creación de aplicaciones informáticas que permitan la gestión mediante las TIC de los recursos de la Administración o los ciudadanos.

- Integración de las TIC en la práctica docente, en la gestión de los centros y en la relación con el conjunto de la comunidad educativa.

- Creación de centros docentes digitales que ofrecen servicios integrales de atención a la comunidad educativa y fomento a la creación de contenidos digitales educativos que den respuesta a las necesidades del entorno virtual de aprendizaje.

Por otro lado, se contemplan como criterios de selección los siguientes:

- Proyectos que contribuyan a la cobertura de los servicios a la ciudadanía y en concreto a la mejora de las prestaciones a la población, técnicos e investigadores relacionados con la cultura, la educación, los servicios sociales y el empleo.

- La implantación de soluciones tecnológicas que permitan garantizar la atención electrónica al ciudadano.

Y, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.1 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009,

RESUELVO

Primero. Se encomiende a SADESI, en los términos contenidos en la presente Resolución, y bajo la supervisión del Servicio Andaluz de Empleo, los servicios de Desarrollo de un Sistema Integral de Gestión de los Servicios de Formación Profesional para el Empleo, en el marco del eje 1.º del Programa Operativo el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para Andalucía, encuadrado dentro de la categoría de gasto 1.13 anteriormente citada, sobre el desarrollo de la Economía del Conocimiento (I+D+I, Sociedad de la Información y TIC) en el ámbito del empleo.

Debido a la financiación europea recibida por la actuación objeto de la presente encomienda de gestión, será de aplicación la siguiente normativa: Reglamento 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, Reglamento 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, Reglamento 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 y el Reglamento (CE) núm. 1080/2006.

Orden de 23 de julio de 2008, por la que se establecen normas para la gestión y coordinación de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el periodo de programación 2007-2013, Instrucción de 2 de enero de 2009, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se desarrolla la Orden de 23 de julio de 2008, Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Cohesión, y a los Criterios de Selección de Operaciones del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013 aprobados por la Dirección General de Fondos Comunitarios.

Segundo. Las obligaciones a desempeñar por SADESI en relación al objeto de la presente encomienda serán las que se relacionan a continuación:

1. Identificación de requisitos funcionales y técnicos que debe cubrir el sistema para satisfacer las necesidades de gestión de la Formación Profesional para el Empleo en sus diversos aspectos. En particular, se debe contemplar la integración con el sistema de tramitación de expedientes corporativo del Servicio Andaluz de Empleo y otras herramientas corporativas del Servicio Andaluz de Empleo (Hermes, Argos, STO, etc.). Así mismo, se identificarán las necesidades de integración con otros sistemas externos, tanto de la Junta de Andalucía (Clara, Júpiter, Sur, Sistema de Gestión de Alumnos de la Consejería de Educación, etc) como de la Administración General del Estado (Registros Nacionales de Centros, de Especialidades Formativas, de Certificados, Vida Laboral, etc.) y de otras Administraciones Públicas.

2. Análisis detallado de las funcionalidades requeridas por el sistema para cumplir los requisitos identificados en el punto anterior. Debe contemplarse su carácter modular de forma que se pueda acometer de forma independiente el desarrollo de cada uno de los módulos funcionales identificados.

3. Diseño técnico y Arquitectura del sistema.

4. Desarrollo de los diversos módulos del Sistema Integral de Gestión de los Servicios de Formación Profesional para el Empleo identificados.

5. Diseño y ejecución de pruebas unitarias y de integración del sistema, tanto funcionales como de rendimiento. Se debe garantizar el adecuado funcionamiento y rendimiento del sistema, así como el cumplimiento de los requisitos identificados en la fase inicial.

6. Implantación del Sistema en las instalaciones del Centro de Proceso de Datos del Servicio Andaluz de Empleo, configuración de sus módulos y puesta en producción del mismo.

7. Mantenimiento correctivo de los módulos implantados.

8. Dirección, coordinación y evaluación de los servicios de Desarrollo de un Sistema de Gestión Integral de la Formación para el Empleo.

9. En el Proyecto Técnico se detallan las tareas incluidas en cada uno de los apartados anteriores y en el Anexo II se enumeran los módulos principales a contemplar, si bien los módulos a implementar definitivamente deberán ser identificados en la fase de análisis y diseño del sistema.

Tercero. Para la financiación de estas actividades, se autoriza un presupuesto máximo de 954.779 euros (novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos setenta y nueve de euros), IVA incluido. Dicho importe se consignará con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:

ANUALIDAD CÓDIGO
PROYECTO
APLICACIÓN IMPORTE
2009 2006/000789 1.1.16.31.17.00.609.05.32D.3.2008 375.137
2009 2006/000789 0.1.16.31.17.00.609.05.32D.7 193.214
TOTAL
ANUALIDAD
2009   568.351
2010 2006/000789 3.1.16.31.17.00.609.05.32D.4.2010 193.214
TOTAL
ANUALIDAD
2010 193.214
2011 2006/000789 3.1.16.31.17.00.609.05.32D.4.2011 193.214
TOTAL
ANUALIDAD
2011 193.214
TOTAL 954.779

Y de acuerdo con lo que se establezca en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para dicho ejercicio presupuestario.

En el Anexo I de la presente Resolución queda reflejada la distribución presupuestaria.

Cuarto. El abono del presupuesto adjunto aprobado, se efectuará conforme a los gastos efectivamente ejecutados, tras certificaciones de conformidad por parte del Director de Proyecto, previa presentación de las correspondientes facturas y otros documentos acreditativos del gasto efectuado.

Deben presentar el análisis de costes imputados directamente a cada actuación, en cuanto a costes de personal y medios materiales propios, así como relación de gastos en la que se indique el importe repercutido por la empresa en concepto de IVA.

Los gastos generales y corporativos de SADESI podrán ser imputados al coste de las actuaciones encomendadas, hasta un máximo del 6% de dicho coste (artículo 26.6 Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009).

Quinto. A todos los efectos, la totalidad de los servicios encomendados serán suministrados por SADESI con independencia de las subcontrataciones que tuviera que realizar para prestar determinados servicios.

La Encomienda de Gestión no supone la cesión de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Servicio Andaluz de Empleo a través de la Dirección Gerencia dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.

SADESI deberá dar cumplimiento estricto a lo especificado en la «Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal», y en particular al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el «Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal».

Sexto. Como medio de garantizar la calidad de los servicios suministrados, se establecerán de forma consensuada y previamente al comienzo de la prestación efectiva de los servicios, unos Objetivos de Nivel de Servicio (SLO), y el compromiso por parte de SADESI de cumplirlos. Estos Objetivos de Nivel de Servicio podrán evolucionar a lo largo de la ejecución de la encomienda, con el fin de conseguir una mejora continua en la calidad del servicio efectivamente suministrado. Los recursos, tanto humanos como de otra índole disponibles para el proyecto, deberán ser dimensionados de forma cualitativa y cuantitativa, para garantizar, como mínimo, los Objetivos de Nivel de Servicio vigentes en cada momento.

Séptimo. Los trabajos incluidos en la presente encomienda tendrán una duración de dos años, a contar desde el día de la firma de esta Resolución de encomienda de gestión. No obstante, podrá prorrogarse y/o ampliarse por el período necesario para la terminación de las actuaciones objeto de la presente encomienda, que el Servicio Andaluz de Empleo estime conveniente acordar antes de la finalización del citado plazo de vigencia, no siendo la duración de cada prórroga y/o ampliación, superior a un año.

Octavo. La Dirección de las actuaciones corresponderá al Jefe de Servicio de Seguimiento y Evaluación de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, o a la persona que él designe, que ejercerá como Director de Proyecto de la encomienda, para lo cual establecerá directrices de trabajo, autorizará las actuaciones concretas, realizará el seguimiento de la encomienda y velará por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas en el apartado segundo.

A efectos de lo anterior, SADESI facilitará al Servicio de Seguimiento y Evaluación del Servicio Andaluz de Empleo, relación nominal de gastos por las gestiones y contrataciones de personal llevadas a efecto para la ejecución de cada una de las actuaciones objeto de la presente encomienda de gestión, junto a la documentación acreditativa de la prestación, así como su inversión y gasto real ejecutado.

En cuanto a los gastos de gestión, la empresa justificará los mismos de acuerdo al artículo 26.6 de la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009.

Noveno. SADESI dará cuenta de la marcha de la encomienda al Director de Proyecto, mediante la presentación de los informes periódicos que se establezcan por este último, reuniones y cuantas actuaciones se estimen oportunas.

Décimo. Para la divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión, se hará referencia expresa a que se efectúan en desarrollo del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2007-2013 del Servicio Andaluz de Empleo, ciñéndose a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, en sus artículos 8 y 9. En este sentido, todas las actuaciones de publicidad deberán incluir el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas establecidas en el Anexo I del citado Reglamento, así como la referencia a la Unión Europea y al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Así mismo, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 245/1997, de 15 de octubre, actualizado por el Decreto 126/2002, de 17 de abril y modificado por el Decreto 149/2007, de 15 de mayo.

Por otra parte y de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del mismo Reglamento, la aceptación de la financiación comunitaria implica la aceptación expresa de la publicación del nombre de SADESI en la lista de beneficiarios prevista en el artículo 7.2.d) del mismo.

Undécimo. De acuerdo con el artículo 13 del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, y el artículo 41 de la Orden de 23 de julio de 2008 de la Consejería de Economía y Hacienda (BOJA núm. 151, de fecha de 30 de julio de 2008), la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo delega en SADESI la realización con carácter obligatorio y de forma exhaustiva y previa a las certificaciones de gastos de las comprobaciones de carácter documental y físico sobre la Encomienda de Gestión aprobada. A través de las verificaciones se comprobará que el gasto declarado es real, que los servicios se han prestado de conformidad con esta Resolución y que las operaciones y gastos cumplen con las normas comunitarias y nacionales.

SADESI estará obligada a cumplimentar la Lista de Comprobación sobre verificaciones establecidas en la Instrucción de 2 de enero de 2009 de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se desarrolla la Orden de 23 de julio de 2008, la cual se realizará de forma exhaustiva y deberá ser remitida al Servicio de Seguimiento y Evaluación de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, con carácter previo a las certificaciones de gasto. Así mismo, deberá tenerla a disposición de cualquier órgano competente en materia de verificación o control.

No obstante, otros órganos con competencia en materia de verificación podrán realizar igualmente comprobaciones de carácter documental y físico sobre la Encomienda de Gestión y, en particular, sobre las actuaciones de control realizadas por la Dirección General de Fondos Europeos, en virtud de las competencias de seguimiento y control que se establece en el artículo 15 del Decreto 116/2008, de 29 de abril, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda (modificado por el Decreto 165/2009, de 19 de mayo).

El control financiero de los gastos cofinanciados por el FEDER se ejercerá por la Intervención General de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 85.bis de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el artículo 16 del Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre. Los órganos con competencias de control de ámbito nacional o comunitario, podrán realizar, asimismo, actuaciones de verificación con el fin de comprobar el respeto a la legislación de aplicación vigente, incluyendo las actuaciones de control de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de la Comisión Europea y del Tribunal de Cuentas Europeo.

Duodécimo. Garantía de seguridad y confidencialidad. Todos los documentos y resultados de los trabajos realizados serán propiedad del Servicio Andaluz de Empleo, sin que puedan ser utilizados o divulgados sin el consentimiento expreso de éste. La elaboración de pliegos y adjudicación de contratos a los distintos proveedores, así como la definición de especificaciones, cronograma de proyecto y cuantas medidas deban adoptar para la correcta ejecución de la encomienda de gestión, deberán ser aprobados por el Director de Proyecto.

SADESI, en el marco del presente proyecto, se compromete a adoptar cuantas medidas sean necesarias en orden a asegurar:

- La confidencialidad en cuanto a los datos e información que le sean proporcionados por el Servicio Andaluz de Empleo.

- La devolución de los datos de carácter personal al Servicio Andaluz de Empleo, una vez cumplida la Encomienda de Gestión.

Son causas de extinción de la Resolución el incumplimiento de sus cláusulas por cualquiera de las partes, además del mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir el contenido del mismo.

Sevilla, 19 de noviembre de 2009.- El Consejero de Empleo en calidad de Presidente del Servicio Andaluz de Empleo, Antonio Fernández García.

ANEXO I

PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL «DESARROLLO DE UN SISTEMA INTEGRAL DE GESTIÓN DE LOS SERVICIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO»

SERVICIOS TOTAL AÑO 2009 TOTAL AÑO 2010 TOTAL AÑO
2011
Identificación de Requisitos
Funcionales y Técnicos
47.738,95 0 0
Análisis Funcional Detallado 57.286,74 0 0
Diseño Técnico y Arquitectura
del Sistema
124.121,27 0 0
Desarrollo de los Módulos
y Submódulos
190.955,80 95.477,90 95.477,90
Diseño y Ejecución de Pruebas Funcionales y Técnicas 19.095,58 19.095,58 19.095,58
Implantación del Sistema en el SAE 28.668,71 19.082,91 9.535,12
Mantenimiento Correctivo
y Evolutivo
9.547,79 28.643,37 38.191,16
Dirección, Coordinación
y Evaluación de los Servicios
56.835,10 19.321,40 19.321,40
TOTAL 534.249,94 181.621,16 181.621,16
Total Año Importe Gestión (6%) 34.101,06 11.592,84 11.592,84
Total Año Importe 568.351 193.214 193.214
Total Importe Total 954.779

ANEXO II

MÓDULOS FUNCIONALES PRINCIPALES

Se enumeran a continuación los principales módulos funcionales identificados en un análisis preliminar de alto nivel, sin perjuicio de que en las fases iniciales de estudio de requisitos, análisis funcional y diseño técnico se detecten nuevos módulos o submódulos cuyo desarrollo sea necesario acometer para garantizar la adecuada gestión de la Formación para el Empleo en sus diversos aspectos de una forma integral.

Módulos de Gestión Interna.

Gestión de Centros.

Gestión de Formadores.

Gestión de Acciones Subvencionadas.

Gestión de Evaluación de Centros e Inserción de Alumnos.

Expedición de Diplomas/Certificados de Profesionalidad.

Sistema de Evaluación del Mercado de Trabajo.

Módulos de Acceso de Entidades, Alumnos y Personal Docente.

Zona de Alumnos y Formadores.

Informes de Seguimiento de Acciones Subvencionadas.

Informes de Seguimiento de Prácticas Profesionales.

Evaluación de Centros e Informes de Inserción.

Módulos de Registros Autonómicos.

Registro Autonómico de Centros.

Registro Autonómico de Especialidades.

Registro Autonómico de Formadores.

Registro Autonómico de Diplomas/Certificados de Profesionalidad.

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