Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2009

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 20 de julio de 2009, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, dimanante de apelación civil núm. 68/2009. (PD. 3673/2009).

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NIG: 2906742C20060004133.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 68/2009. Negociado: 6b.

Asunto: 500074/2009.

Autos de: Procedimiento Ordinario 222/2006.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga.

Negociado: 6b.

Apelante: Consorcio de Compensación de Seguros.

Abogado: Abogado del Estado.

Apelado: Ana Delia Montes de Oca Arias, Agustín Parody Heredia y Winterthur Seguros Generales, S.A.

Procuradora: Miguel Sánchez, M.ª del Carmen.

Abogado: Miguel Sánchez, Rafael.

EDICTO

Audiencia Provincial de Málaga Quinta.

Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga.

Juicio Ordinario núm. 222/06.

Rollo de Apelación Civil número 68/2009.

En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 399

Audiencia Provincial Málaga.

Sección Quinta Audiencia Provincial de Málaga.

Presidente Ilmo. Sr. don Hipólito Hernández Barea.

Magistrados, Ilmos. Sres. don Melchor Hernández Calvo, doña Teresa Sáenz Martínez.

En la ciudad de Málaga, a dieciocho de junio de dos mil nueve.

Visto, por la Sección Quinta Audiencia Provincial de Málaga, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Procedimiento Ordinario seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Consorcio de Compensación de Seguros que en la instancia fuera parte demandante defendido por el Letrado Abogado del Estado. Es parte recurrida doña Ana Delia Montes de Oca Arias, don Agustín Parody Heredia y Winterthur Seguros Generales, S.A., que está representado por la Procuradora doña Miguel Sánchez, M.ª del Carmen y defendido por el Letrado don Miguel Sánchez, Rafael, que en la instancia ha litigado como parte demandada.

FALLAMOS

Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del Consorcio de Compensación de Seguros contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, en los autos de juicio ordinario a que dicho recurso se refiere, previa revocación parcial de la misma, debemos:

a) Condenar a Winterthur Seguros Generales, S.A., a que abone al Consorcio de Compensación de Seguros la cantidad de 10.230,58 euros e intereses legales incrementados en un 25%, desde la fecha de abono de la indemnización, así como al pago de las costas causadas en la instancia.

b) Confirmar el resto de los pronunciamientos contenidos en la sentencia recurrida.

c) No hacer expresa condena de las costas causadas en esta alzada.

Notificada que sea la presente resolución con expresión de los recursos que proceden, remítase testimonio de la misma, en unión de los autos principales al Juzgado de Instancia, interesando acuse de recibo.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación. En el día de su fecha fue leída la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, estando constituido en Audiencia Pública, de lo que doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de los demandados don Agustín Parody Heredia y doña Ana Delia Montes de Oca Arias, por Diligencia de Ordenación de este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y su publicación en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Málaga, a 20 de julio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

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