Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 07/01/2009

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 17 de diciembre de 2008, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en las diferentes Escalas Propias mediante proceso selectivo de promoción interna.

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Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en relación con el artículo 2.e) de la misma norma y en el artículo 51 del Decreto 343/2003, de 9 de diciembre (BOJA de 24 de diciembre de 2003), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería y de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el que el personal laboral fijo que a la entrada en vigor del presente Estatuto esté desempeñando funciones de personal funcionario, podrá participar en los procesos selectivos de promoción interna convocados por el sistema de concurso-oposición, de forma independiente o conjunta con los procesos selectivos de libre concurrencia, en aquellos Cuerpos y Escalas a los que figuren adscritos las funciones o los puestos que desempeñe, siempre que posea la titulación necesaria y reúna los restantes requisitos exigidos, valorándose a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados como personal laboral fijo y las pruebas selectivas superadas para acceder a esta condición.

HA RESUELTO

Convocar las pruebas selectivas de promoción interna a las distintas Escalas Propias de esta Universidad, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 261 plazas de las diferentes Escalas Propias de la Universidad de Almería mediante el sistema de promoción interna, para el personal laboral fijo sujeto al IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, de esta Universidad.

El procedimiento de selección será el de Concurso-Oposición, para la adquisición de la condición de funcionario en las Escalas Propias de la Universidad de Almería, en función del Grupo y Categoría de pertenencia, están recogidas en el Anexo I.

El personal que supere el proceso selectivo de promoción interna será nombrado funcionario de carrera y quedará destinado en el mismo puesto de trabajo que tuviera asignado con carácter definitivo, sin solución de continuidad, en los puestos reservados al personal funcionario en la RPT 2008, de acuerdo con la tabla de equivalencias recogida en Anexo II.

El proceso de promoción se efectuará a las escalas de funcionarios encuadradas en un grupo equivalente al grupo laboral a que se pertenezca, siempre que, al finalizar el plazo de presentación de solicitudes, se ostente la titulación demandada para acceder al correspondiente grupo de funcionarios, o condiciones requeridas.

Quienes accedan a la condición de funcionario desde una situación distinta a la de servicio activo se mantendrán en la situación administrativa que por analogía o similitud les corresponda, computándose el período de tiempo transcurrido en la misma situación en régimen de derecho laboral a efectos de reingreso.

1.2. El proceso de selección de los aspirantes de esta convocatoria constará de las siguientes fases: A) concurso y B) oposición, en consonancia con lo dispuesto en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario y condiciones:

1.2.1. Fase de Oposición: El ejercicio de la fase de oposición se determinará mediante resolución de este Rectorado en la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos y que se publicará en el «Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, y en la página web: http://www.ual.es con indicación expresa de la fecha, hora, lugar y duración del mismo». Por el mismo procedimiento, se efectuarán las sucesivas publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el art. 59.6 b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El modelo de solicitud, así como listas de admitidos y excluidos y demás información podrá consultarse en el citado tablón de anuncios.

1.2.2. Fase de concurso: La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública antes de celebrarse la fase de oposición.

Para ello, el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería publicará de oficio, listado de méritos valorados, que no tendrá carácter eliminatorio.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar las alegaciones respecto a la valoración de méritos en la fase de concurso.

1.3. El programa de contenidos de la fase de Oposición figuran en el Anexo III de la presente convocatoria.

1.4. Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria y, en cuanto les sea de aplicación, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Requisitos de los candidatos.

Para ser admitidos a la realización de este proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del Título o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de solicitudes, que se indica a continuación:

- Para las Escalas del Subgrupo A1: Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o titulación equivalente.

- Para las Escalas de Subgrupo A2: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente.

- Para las Escalas de Grupo C1: Título de Bachillerato LOGSE; de Formación Profesional de Grado Superior; de Bachillerato Unificado Polivalente; de Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional de II Grado, titulación equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años. En sustitución de las titulaciones, podrán acceder quienes tengan una antigüedad de diez años en categorías profesionales adscritas al Grupo III o inferior del anterior y del actual convenio colectivo, o de cinco años y superen un curso específico de formación, que a tales efectos haya convocado la Universidad de Almería

- Para las Escalas de Grupo C2: Título de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de Grado Medio, de Educación General Básica, de Técnico o Técnico Auxiliar de Formación Profesional de I Grado, Graduado Escolar o titulación equivalente. En sustitución de las titulaciones, podrán acceder quienes tengan una antigüedad de diez años en categorías profesionales adscritas al Grupo IV o inferior del anterior y del actual convenio colectivo, o de cinco años y hayan superado un curso específico de formación, que a tales efectos haya convocado la Universidad de Almería.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) Haber cumplido el plazo mínimo de excedencia, en el caso de los excedentes voluntarios.

f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

g) Pertenecer a la plantilla de la Universidad de Almería como personal laboral fijo de administración y servicios sujetos al IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. Podrá presentarse el personal laboral fijo de plantilla que se encontrase en situación distinta a la de servicio activo.

Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior de esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el nombramiento de funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad. Asimismo, la convocatoria y el modelo de solicitud podrán obtenerse vía Internet en la siguiente dirección: http://www.ual.es.

3.2. A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos:

- Una fotocopia legible por ambas caras del documento nacional de identidad vigente o pasaporte.

3.3. En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma, lo siguiente:

- Los aspirantes harán constar la Escala en la que se funcionarizan, de acuerdo con las Escalas Propias aprobadas por la Universidad de Almería y del Anexo I.

- Los aspirantes con grado de minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Las solicitudes se presentarán preferiblemente en el Registro General de la Universidad de Almería, o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero). Se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Almería, siendo el plazo de presentación de 20 días naturales a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. A tal fin, se considera inhábil el período no lectivo, comprendido entre el día 22 de diciembre de 2008 y el 7 de enero de 2009, ambos inclusive.

3.5. Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que señala el art. 70 de la Ley 30/92, y los exigidos en esta Convocatoria y, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la Ley 30/92.

3.6. La Universidad de Almería podrá, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, este Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de dos meses, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Tablón de Anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en la página web: http://www.ual.es», se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad o pasaporte y el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición, así como, la puntuación de los méritos de la fase de concurso a la que hace referencia el punto 7.2. de la presente convocatoria.

4.2. Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en la página web: http://www.ual.es» de la citada Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, siempre y cuando dicho defecto sea subsanable. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

Para evitar errores y hacer posible la subsanación en tiempo y forma en el supuesto de producirse, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino además, que constan en la relación de admitidos.

4.3. Transcurrido dicho plazo y si se han presentado alegaciones, se dictará Resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos y en la página web: http://www.ual.es. Si no se formula ninguna alegación a la lista provisional de admitidos y excluidos, la misma se elevará a definitiva.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, a partir del día siguiente al de la publicación. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas, estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares:

Presidente: Doña María del Mar Sallent Sánchez.

Vocales: Doña Carmen Pilar Pulido Egea, don Enrique Padial Romero, don Ignacio Tejero Martínez.

Secretario: Don Vicente Pecino Medina.

Suplentes:

Presidente: Don Diego Pérez Martínez.

Vocales: Doña María Ángeles Piedra Fernández, doña Esther González Jiménez, don José Izquierdo Vilaseca.

Secretario: Don Fernando Castillo Ruiz.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a este Rectorado, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Escala de las plazas objeto de la convocatoria, en los cinco años anteriores al de la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en este párrafo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo anterior.

5.3. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal en el plazo de veinte días desde la publicación de la convocatoria, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. Para la válida constitución del órgano a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros.

5.5. Constituido el Tribunal éste resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal.

Igualmente el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, cuando el número de aspirantes así lo aconseje.

5.7. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

5.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

5.9. El Tribunal será único para todas las plazas objeto de la presente convocatoria, pudiendo realizar, si así lo estiman sus miembros, sesiones independientes para cada grupo de plazas afines.

5.10. Cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Rector de esta Universidad, contra los acuerdos que adopte el Tribunal según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del proceso selectivo al Rector de la Universidad de Almería, comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

6.3. Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, se corrijan sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los medios adecuados.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

7. Procedimiento de selección y valoración.

El proceso de selección de todas las Escalas constará de las siguientes fases:

7.1. Fase de Oposición: Consistirá en la superación de una prueba tipo test, que versará sobre el contenido de los temas recogido en el Anexo «III» de la presente Resolución, cuyas preguntas serán determinadas por el Tribunal encargado del Proceso Selectivo y tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario superarla para obtener la condición de funcionario. Para cada pregunta de la prueba se propondrán tres respuestas de las cuales sólo una de ellas será la correcta. La fase de oposición se valorará sobre un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la prueba.

7.2. Fase de concurso: En la fase de concurso se realizará una valoración de méritos cuya puntuación no podrá aplicarse para la superación de la fase de oposición y que servirá para determinar el orden de puntuación final de los aspirantes en el proceso de selección.

Se valorará en esta fase la antigüedad, a razón de 0,33 puntos por cada año de servicios reconocidos en la Universidad de Almería, la fracción del año se computará por el números de meses de que se trate, considerándose la fracción del mes como mes íntegro, hasta un máximo de 10 puntos. Se tendrán en cuenta los servicios reconocidos hasta el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

8. Superación de los ejercicios.

8.1. Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración de la prueba, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones de aspirantes que la hayan superado, con indicación del número del documento nacional de identidad o pasaporte.

8.2. Los aspirantes participarán en la fase de concurso, valorándose los méritos según lo dispuesto en la base 7.2.

8.3. Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total, con indicación de sus DNI. El Presidente del Tribunal elevará propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera al Señor Rector Magnífico de la Universidad, por orden de puntuación obtenida en las que constarán las calificaciones de cada una de las fases y la puntuación total.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

9.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de las relaciones definitivas de aprobados a que se refiere la base 8.3, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, certificación académica que acredite haber realizado (en la fecha de finalización del plazo de solicitudes) todos los estudios equivalentes para su obtención, o certificación acreditativa de haber superado el curso específico a que se refiere la base 2, salvo que ya obre en el expediente del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

9.3. Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación requerida en la base 9.1, serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala correspondiente de la Universidad de Almería, mediante Resolución del Órgano competente que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

10. Norma final.

La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24.12.2001), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE 13.4.2007), y en el artículo 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre (BOJA. de 24 de diciembre de 2003). Contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE del 14.7.1998), o potestativamente recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la recepción de esta Resolución según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.1992) en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE 14.1.1999).

Almería, 17 de diciembre de 2008.- El Rector, Pedro Roque Molina García.

ANEXO I

Grupo/Categoría de pertenencia Grupo/Subgrupo/escala

ANEXO II

CATEGORÍA Puesto reservado RPT 2008 DESTINO
CATEGORÍA Puesto reservado RPT 2008 DESTINO

ANEXO III

T E M A R I O

Bloque Común

Tema 1.º. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 2.º. Derechos de los empleados públicos.

Tema 3.º. Deberes de los empleados públicos. Código de conducta.

Tema 4.º. Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema 5.º. Ordenación de la actividad profesional: Estructuración del empleo público. Provisión de puestos de trabajo y movilidad.

Tema 6.º. Situaciones administrativas.

Tema 7.º. De los Órganos de las Administraciones Públicas: Principios generales y competencia. Órganos colegiados. Abstención y recusación.

Tema 8.º. De los Interesados.

Tema 9.º. De la actividad de las Administraciones Públicas.

Tema 10.º. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Ampliación Grupos A (subgrupos A1 y A2)

Tema 11.º. Ordenación de la actividad profesional: Planificación de Recursos Humanos.

Tema 12.º. Régimen disciplinario.

Tema 13.º. Cooperación entre las administraciones públicas.

Tema 14.º. De las administraciones públicas y sus relaciones.

Tema 15.º. De las disposiciones y los actos administrativos.

Tema 16.º. De las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos.

Tema 17.º. De la revisión de los actos en vía administrativa.

Tema 18.º. De la potestad sancionadora.

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