Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de enero de 2009, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Molino Azul», de Lora del Río (Sevilla).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Juan Robledo Moreno, como representante de la Federación de Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía, titular del centro docente privado de formación profesional «Molino Azul», con domicilio en Ctra. de Constantina, km 2 de Lora del Río (Sevilla), solicitando modificar la autorización de enseñanzas que tenía concedida, por ampliación de un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Trabajos forestales y de conservación del medio natural y de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos, así como la supresión del ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotaciones agrícolas intensivas, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que por Orden de la entonces Consejería de Educación y Ciencia de 8 de junio de 1998 (BOJA de 7 de julio) el citado centro, con código 41002463, tiene autorización para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotaciones agrícolas intensivas, funcionando éste en régimen de concierto educativo.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla y de la Coordinación Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo, vigente en los términos previstos en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 1712/1996, de 12 de julio (BOE de 19 de septiembre), por el que se establece el título de técnico superior en Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1713/1996, de 12 de julio (BOE de 11 de septiembre), por el que se establece el título de técnico en Trabajos forestales y de conservación del medio natural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la Formación Profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación de las enseñanzas solicitadas al centro docente privado de formación profesional «Molino Azul», de Lora del Río (Sevilla) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro docente privado de formación profesional.

Denominación específica: «Molino Azul».

Código del centro: 41002463.

Titular: Federación de Escuelas Familiares Agrarias de Andalucía.

Domicilio: Ctra. de Constantina, km 2.

Localidad: Lora del Río.

Municipio: Lora del Río.

Provincia: Sevilla.

Composición resultante:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio (impartidos en doble turno):

- Trabajos forestales y de conservación del medio natural:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (impartidos en doble turno):

- Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos:

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 50.

Transitoriamente, durante el curso 2009/10, el centro podrá seguir impartiendo las enseñanzas correspondientes al ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Explotaciones agrícolas intensivas para garantizar la continuidad del alumnado que lo hubiera iniciado.

Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Tercero. La presente autorización no conlleva concierto educativo que, en todo caso, podrá solicitarse al amparo de la convocatoria correspondiente.

Cuarto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Quinto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Sexto. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Séptimo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de enero 2009

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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