Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace público el acuerdo de 12 de febrero de 2009, de la Sección de Personal y Asuntos Generales, por el que se delega el ejercicio de la competencia para la autenticación de copias de documentos, mediante cotejo con el original, en los titulares de los puestos de trabajo que se citan.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

La Sección de Personal y Asuntos Generales de esta Delegación Provincial es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas de agilidad y eficacia administrativa de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede,

RESUELVO

Hacer público el Acuerdo de 12 de febrero de 2009, de la Sección de Personal y Asuntos Generales de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en Málaga, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en los titulares de los puestos de trabajo que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Málaga, 13 de febrero de 2009.- La Delegada, Josefa López Pérez.

ANEXO

ACUERDO DE 12 DE FEBRERO DE 2009, DE LA SECCIÓN DE PERSONAL Y ASUNTOS GENERALES DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN MÁLAGA, POR EL QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN LOS TITULARES QUE DESEMPEÑAN LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce en el artículo 35.c) el derecho de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando deban obrar en el procedimiento. Dicha Ley establece asimismo en su artículo 38.5, que para la eficacia de estos derechos los ciudadanos podrán acompañar una copia de los documentos que presenten junto con sus solicitudes, escritos y comunicaciones; y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos y privados.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), distingue en su artículo 21 respecto a las copias de documentos en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, entre copias auténticas y copias autenticadas.

De conformidad con el citado artículo, tienen la consideración de copias auténticas de documentos administrativos aquéllas expedidas por el mismo órgano que emitió el documento original, mientras que son copias autenticadas aquéllas que se hacen de documentos públicos y privados mediante cotejo con el original y en las que se estampará si procediera, la correspondiente diligencia de compulsa.

La competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos públicos y privados, corresponderá, según el artículo 23 del Decreto 204/1995, a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de escritos, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por ello,

ACUERDO

Primero. Delegar el ejercicio de la competencia para la autenticación de copias, mediante cotejo con los originales que se presenten para ser tramitados en el Registro General y/o Auxiliar de la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en Málaga, atribuida a la Jefatura de Sección de Personal y Asuntos Generales, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, y prevista en el artículo 101.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los titulares que desempeñan los puestos de trabajo que se citan:

Código 11801510: AUXILIAR DE GESTIÓN
Código 11802010: ADMINISTRATIVO
Código 11802210: ADMINISTRATIVO
Código 11802410: AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. Las autenticaciones mediante compulsa que se realicen por delegación indicarán expresamente esta circunstancia. Málaga, 12 de febrero de 2009. El Jefe de la Sección de Personal y Asuntos Generales, Celestino Salas Vidal.

Descargar PDF