Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 17 de febrero de 2009, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 877/2007, seguido a instancias de la entidad Aleppo Shoes, S.C.

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En el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 877/2007, interpuesto por la entidad mercantil Aleppo Shoes, S.C., contra la Resolución de fecha 22 de febrero de 2007, del Director Provincial en Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 20 de octubre de 2006, de esa misma Delegación Provincial, recaída en el expediente núm. SE/TPE/204/2006, declarando el incumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 21.1.e) de la Orden de 21 de julio de 2005, y, por tanto, extinguir el derecho al cobro de la subvención, procediendo asimismo a la anulación del documento ADOP núm. 2006/370792, por importe de 3.000 euros a nombre de la entidad Aleppo Shoes, S.C., se ha dictado sentencia firme por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, con fecha de 18 de diciembre de 2008, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo promovido mediante demanda formulada por la Procuradora doña Inmaculada del Nido Mateo, en nombre y representación de la entidad Aleppo Shoes, S.C., frente a la Resolución de fecha de 22 de febrero de 2007, del Director Provincial en Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 20 de octubre de 2006 de esa misma Delegación Provincial, recaída en el expediente núm. SE/TPE/204/2006, declarando el incumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 21.1.e) de la Orden de 21 de julio de 2005 (BOJA núm. 146, de 28.7.05), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de incentivos a la contratación con carácter indefinido reguladas en el Decreto 149/2005, de 14 de junio, de acreditar las entidades empleadoras que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y, por tanto, extinguir el derecho al cobro de la subvención, procediendo asimismo a la anulación del documento ADOP núm. 2006/370792, por importe de 3.000 euros a nombre de la entidad Aleppo Shoes, S.C., debo anular y anulo las susodichas Resoluciones por no ser conformes a derecho, ordenando la retracción del procedimiento administrativo de extinción del derecho al cobro al momento inmediatamente anterior al dictado de la resolución originaria impugnada, y debiendo inexcusablemente la Dirección Provincial en Sevilla del SAE dar trámite de audiencia a la entidad Aleppo Shoes, S.C. Sin costas en el procedimiento.»

Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 17 de febrero de 2009.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.

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