Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 16/03/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de febrero de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 1537/2005. (PD. 643/2009).

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NIG: 4109142C20050045541.

Procedimiento: Juicio Verbal 1537/2005. Negociado: 3B.

De: Don Juan Antonio Márquez Lugo.

Procuradora: Sra. María Ángeles Rodríguez y Piazza170.

Contra: Doña María Dolores Martínez Pérez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente, cuyo encabezamiento y fallo es:

En Sevilla, a 1 de julio de 2008; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio Verbal seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 1537/05, siendo partes en el mismo como demandante, don Juan Antonio Márquez Lugo, representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Piazza; y como demandada, doña María Dolores Martínez Pérez, en ejercicio de acción de recuperación de finca urbana.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Terrados Martínez del Hoyo, en representación acreditada de don Juan Antonio Márquez Lugo contra doña María Dolores Martínez Pérez, debo declarar y declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento que ligaba a las partes respecto de la vivienda sita en C/ Cullera, núm. 4, puerta 9, de esta localidad, y como consecuencia de ello se condena a la demandada a estar y pasar por dicha declaración e igualmente a desalojar y dejar libre y a la entera disposición de la actora el citado piso, con el apercibimiento que de no verificarlo en el plazo de Ley, se procederá al lanzamiento judicial, con expresa imposición de costas a la referida demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, en el modo y forma previsto por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, debiéndose cumplir en todo caso por la demandada lo previsto en el art. 449.1 del mencionado texto legal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, por ante mí el Secretario, en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de María Dolores Martínez Pérez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.

Sevilla, veintitrés de febrero de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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