Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 54/2009, de 3 de marzo, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad de la parcela C2 Unidad Básica, del Plan Parcial P-24, a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Granada, con una superficie de 4.260 m², con destino a Centro de Salud y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Ayuntamiento de Granada fue ofrecida a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la parcela C2 Unidad Básica 9, del Plan Parcial P-24 del PGOU de dicha localidad, con una superficie de 4.260 m², y con destino a Centro de Salud.

Por la Consejería de Salud se considera de interés la aceptación de la referida cesión gratuita que supondrá una mejora en la calidad asistencial y la atención primaria de salud en su área de influencia.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 3 de marzo de 2009,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad ofrecida por el Ayuntamiento de Granada de la parcela C2 Unidad Básica 9, del Plan Parcial P-24.

La descripción de la parcela que se cede, inscrita a favor del Ayuntamiento de Granada en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Granada, al libro 1.103, tomo 1.768, folio 178 y finca núm. 63.649, es la siguiente:

Urbana: Parcela C2 Unidad Básica 9, del Plan Parcial P- 24 del Plan General de Ordenación Urbana de Granada. Tiene forma irregular, con una calificación urbanística pormenorizada de Equipamiento Comunitario Social y Docente. Tiene una superficie de suelo de cuatro mil doscientos sesenta metros cuadrados. Linda al Norte, con calles F y T; Sur con calle G; Este, Espacio Libre EL4; y Oeste con calle T.

Referencia catastral núm. 5371201VG4157A0001PI.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita objeto de este Decreto se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela cedida gratuitamente, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud, con destino a Centro de Salud.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 3 de marzo 2009

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Vicepresidente Segundo de la Junta de Andalucía

y Consejero de Economía y Hacienda

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