Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 18/03/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de noviembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Tres), dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 395/2006. (PD. 681/2009).

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NIG: 2905443C20063000479.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 395/2006. Negociado: IS.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Don David Shaw.

Procuradora: Sra. Carmen Domínguez Porras.

Letrado: Sr. Alfredo Palma Robles.

Contra: Inshore Properties Limited y persona con interés en la finca objeto del pleito.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 395/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola, a instancia de David Shaw contra Inshore Properties Limited y persona con interés en la finca objeto del pleito, sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la auto que, es como sigue:

AUTO

Doña Rosa Fernández Labella.

En Fuengirola, a dieciocho de junio de dos mil ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el presente juicio se ha dictado Sentencia de fecha 5 de mayo de 2008, que ha sido notificada a las partes con fecha 12.5.08.

Segundo. En la referida resolución en el fallo se expresa que el Procurador es el Sr. Blanco Rodríguez , cuando en realidad se debiera haber expresado que es la Sra. Procuradora Domínguez Porras .

Tercero. Por el Procurador Sra. Domínguez Porras Carmen, se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. El artículo 214 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar sus resoluciones una vez firmadas, permite sin embargo, en el apartado 3 rectificar errores materiales manifiestos o errores aritméticos que se hubieran podido cometer, rectificación que puede tener lugar en cualquier tiempo.

En el presente caso el error, ahora advertido, es manifiesto, como se desprende de la simple lectura de los autos, por lo que procede su rectificación.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica el fallo de la Sentencia de fecha 5 de mayo de 2008, en el sentido de que donde se dice que el Procurador es el Sr. Blanco Rodríguez, debe decir que es la Sra. Procuradora Domínguez Porra .

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/los demandado/s Inshore Properties Limited y persona con interés en la finca objeto del pleito, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a doce de noviembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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