Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 27/03/2009

3. Otras disposiciones

Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Resolución de 5 de febrero de 2009, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 23 de diciembre de 2008, en relación con el Proyecto de Plan de Sectorización de la zona SUNS-R4 «Las Casillas-Burguillos Centro» del municipio de Burguillos (Sevilla).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de» Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 23 de diciembre de 2008, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto de Plan de Sectorización de la zona SUNS-R4 «Las Casillas-Burguillos Centro» del municipio de Burguillos (Sevilla).

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN

«Visto el proyecto de Plan de Sectorización de la zona SUNS-R4 “Las Casillas-Burguillos Centro” del municipio de Burguillos, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación aplicable.

HECHOS

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto el cambio de categoría de unos terrenos clasificados como Suelo Urbanizable No Sectorizado, identificados como SUNS-R4 “Las Casillas-Burguillos Centro” en el Plan General de Ordenación Urbanística de Burguillos, innovando dicho planeamiento y otorgándole a estos terrenos la categoría de Suelo Urbanizable Sectorizado, completando así la ordenación establecida por el PGOU vigente en los términos establecidos en los artículos 12 y 36 de la Le de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

a) Burguillos Natural, S.L, como empresa encargada del Abastecimiento de Agua Potable así como de la Infraestructura de Saneamiento Urbano, señala las obras de infraestructura que deben ejecutarse para dotar de estos servicios a los terrenos objeto del presente Plan de Sectorización.

b) Confederación Hidrográfica del Guadalquivir informa que los terrenos de referencia no son inundables y se valora favorablemente la propuesta municipal de encauzar a cielo abierto el “Tramo II” del arroyo El Chorrito, estableciendo una serie de condicionantes técnicos a los que se debe someter las obras de encauzamiento propuestas.

c) La Delegación Provincial de la Consejería de Cultura informa que no se encuentra impedimento para que continúe la tramitación del proyecto urbanístico de referencia, tras constatarse la no existencia de contextos o materiales arqueológicos, todo ello con las cautelas previstas en el artículo 50 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

d) El Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes informa en relación a la Carretera A-8002, de Sevilla a Castilblanco de los Arroyos, del p.k. 18+725 al p.k.+925 especificando las condiciones que deben cumplirse en la ejecución del presente Plan de Sectorización.

e) Sevillana Endesa informa que la Zona R4 del PGOU de Burguillos, se encuentra vinculada al convenio de actuación de fecha 29 de junio de 2005 firmado entre Sevillana Endesa y el Ayuntamiento de Burguillos y que por consiguiente dispone de punto de conexión para el suministro eléctrico para atender el desarrollo urbanístico de la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.b) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Burguillos para la resolución definitiva de este proyecto se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. El proyecto contiene, en líneas generales, las determinaciones propias de su objeto y contenido, en relación con lo especificado por la legislación urbanística y por el planeamiento superior que es de aplicación. No obstante, presenta la siguiente deficiencia urbanística:

- El Plan General vigente, en el articulo 187 bis de sus normas urbanísticas, determina los sistemas generales exteriores asociados a cada área de suelo urbanizable no sectorizado, asignando a la zona R4 un total de 31.494 m2. Esta determinación es de aplicación al presente caso, tal como se señala expresamente en la resolución de esta Comisión Provincial de fecha 20 de abril de 2007, por la que se aprobó el Documento Complementario del Plan General de Ordenación Urbanística de Burguillos. No obstante, en el presente Plan de Sectorización existe un déficit de 11.254,55 m2 respecto a la superficie establecida por el Plan General.

Quinto. Por el Ayuntamiento de Burguillos se ha detectado la existencia de un error material en el Documento Complementario del Plan General sobre las condiciones de sectorización de la Zona R-4, concluyendo que donde dice sistema general viario “SGV2” debería decir sistema general viario “SGV3”, solicitándose su corrección.

Se alega por el Ayuntamiento que es el sistema general viario “SGV3” el que discurre por los sectores colindantes a la zona R-4, y no el “SGV2” que está más alejado y sin conexión alguna con esta zona. En el desarrollo de la zona R-4 deberá prolongarse el sistema general viario “SGV3”, para dar continuidad a este sistema general en el referido ámbito.

Esta Comisión entiende que, en efecto, el error producido puede considerarse como error material, en la medida que tal error es comprobable por los datos que ofrece el Plan General, que debe mantener una coherencia en la ejecución de sus determinaciones y, en este sentido, es razonable que el nuevo sector R-4 deba ejecutar la prolongación del sistema general viario colindante. En este sentido, es de aplicación lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según el cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Sexto. Aunque la deficiencia que presenta el proyecto no impide su aprobación definitiva, sí obliga a que, mientras no se subsane, quede en suspenso la eficacia de tal aprobación, supeditando para ello el registro y publicación del mismo a que se produzca la subsanación, tal como dispone el art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Previamente a esta aprobación debe corregirse el error material detectado.

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegada Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 dé diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

1.º Proceder a la corrección del error material detectado en el Documento Complementario del Plan General de Burguillos señalado en el Fundamento de Derecho Quinto de esta Resolución, tal como se establecen el artículo 105.2 de la Ley 30/1992.

2.º Aprobar definitivamente el proyecto de Plan de Sectorización de la zona SUNS-R4 “Las Casillas-Burguillos Centro” del municipio de Burguillos, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 21 de abril de 2008, introduciendo en sus determinaciones las especificaciones señaladas por los informes sectoriales que constan en el expediente.

De conformidad con lo especificado por el art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se supedita el registro y publicación del presente Plan de Sectorización a la corrección por el Pleno municipal de la deficiencia señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Sevilla, 5 de febrero de 2009.- La Delegadal, P.A. (Decreto 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Segundo Muñoz Leal.

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