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De conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 22 de enero de 1986, sobre tarifas máximas de aplicación a los servicios de transporte de viajeros en automóviles ligeros, modificado por el Acuerdo de 30 de septiembre de 2008 del Consejo de Gobierno para dicho ejercicio; vista la revisión de tarifas aprobada por el Ayuntamiento de Linares (Jaén) y la propuesta de resolución elevada por la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 26 de la Orden de 22 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Economía y Hacienda,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
ConceptoIVA incluido
Tarifa 1
Bajada de bandera1,14 euros
Kilómetro recorrido0,61 euros
Hora de espera15,46 euros
Carrera mínima2,87 euros
La tarifa 1 será de aplicación los días laborables desde las 6,00 hasta las 22,00 horas.
Tarifa 2
Bajada de bandera1,37 euros
Kilómetro recorrido0,73 euros
Hora de espera18,58 euros
Carrera mínima3,48 euros
La tarifa 2 se aplicará a servicios prestados en días laborables desde las 22,00 a las 6,00 horas, sábados, domingos y festivos las 24 horas, Feria de San Agustín, Navidad, Reyes y Semana Santa.
Tarifa 3
Kilómetro recorrido1,22 euros
Hora de espera 15,46 euros
Carrera mínimaSegún tarifa de aplicación
La tarifa 3 se aplicará a servicios prestados fuera del casco urbano y hasta el término municipal de Linares.
Suplementos
- Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,44 euros
- En Nochebuena y Nochevieja desde
las 22 a las 7 horas del día siguiente3,86 euros
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo ante esta Viceconsejería, recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo señalado en los artículos 48, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Sevilla, según disponen los artículos 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 5 de marzo de 2009.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.
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