Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 16/04/2009

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Consejería de Gobernación

Anuncio de 1 de abril de 2009, de la Secretaría General Técnica, por el que se notifica la Resolución adoptada al recurso de alzada recaída en el expediente que se cita.

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Expte.: 29-000789-07-P.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente Andrés Sánchez García de la Resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

«En la ciudad de Sevilla, a 24 de febrero de 2009.

Visto el recurso de alzada interpuesto y en base a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. El día 16 de mayo de 2008 el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga dictó Resolución por la que se sancionaba a don Andrés Sánchez García con multa de 5.001 euros por fraude en la calidad de bienes.

Segundo. Notificada la Resolución, el interesado interpone recurso de alzada, cuyas argumentaciones, al constar en el correspondiente expediente, se dan por reproducidas.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. Es competente para resolver el presente recurso la Consejera de Gobernación a tenor de lo dispuesto en los artículos 26.2.j) y 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (en adelante, LAJA), en relación con el Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.

Conforme a lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la LAJA, la Resolución la adopta la Secretaria General Técnica por delegación de la Consejera realizada por la Orden de 30 de junio de 2004 (BOJA núm. 140, de 19 de julio).

Segundo. El artículo 87 de la LRJAP-PAC dispone que pondrán fin al procedimiento la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico, y la declaración de caducidad, señalando en su apartado segundo: También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas. La resolución que se dicte deberá ser motivada en todo caso.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5 de la Orden de 30 de junio de 2004, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería de Gobernación, corresponde al Secretario General Técnico de la Consejería de Gobernación disponer el cumplimiento de la sentencia pronunciada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Málaga, en el recurso contencioso-administrativo 609/08, seguido a instancia de Andrés Sánchez García, interpuesto contra la desestimación presunta del recurso de alzada presentado ante el Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía contra la Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga recaída en el presente procedimiento, siendo el fallo de la sentencia, según su tenor literal:

“Que desestimo el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto.”

De conformidad con los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede la ejecución de la citada sentencia.

Vistos los preceptos citados, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación,

PROCEDE

Ordenar el archivo del presente expediente por existir ya un pronunciamiento judicial al respecto.

Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. La Secretaria General Técnica. Fdo.: Isabel Liviano Peña.»

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 1 de abril de 2009.- El Jefe del Servicio de Legislación, Manuel Núñez Gómez.

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