Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2009

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 24 de marzo de 2009, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, del Juicio Verbal núm. 100/2008. (PD. 1427/2009).

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NIG: 0490242C20080000243.

Procedimiento: Juicio Verbal núm. 100/2008.

De: Unicaja.

Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.

Letrado: Sr. Valentín Escobar Navarrete.

Contra: Don Pedro Fernando Pacheco Cevallos.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 100/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de El Ejido, a instancia de Unicaja contra don Pedro Fernando Pacheco Cevallos sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA

En El Ejido, a seis de marzo de dos mil nueve, el Sr. don Manuel José Rey Bellot, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de los de El Ejido, ha visto los autos de Juicio Verbal núm. 100 de 2008 seguidos a instancia de la demanda formulada por la mercantil Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (en adelante, Unicaja), representada por la Procuradora Sra. López Leal y asistida de Letrado Sr. Escobar Navarrete, frente a don Pedro Fernando Pacheco Cevallos, en situación de rebeldía procesal. Sobre juicio por reclamación de cantidad. Habiendo recaído la presente a virtud de los siguientes.»

«FALLO

En nombre de su Majestad el Rey y por la autoridad que me confiere el Pueblo Español.

He decidido: Que estimando íntegramente la demanda formulada por la mercantil Montes de Piedad y Cajas de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (Unicaja), representada por la Procuradora Sra. López Leal, frente a don Pedro Fernando Pacheco Cevallos, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a este último al pago a la mercantil actora de la cantidad de mil setenta y cinco euros con catorce céntimos (1.075,14 €), más el interés moratorio al tipo de 9,645 por ciento de la cantidad que debe pagar a la misma, devengado desde el día veintiséis de noviembre de dos mil siete, con expresa imposición de las costas procesales al demandado.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así, por esta sentencia, de la que se dejará testimonio en autos y original en el legajo, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Pedro Fernando Pacheco Cevallos, extiendo y firmo la presente en El Ejido, a veinticuatro de marzo de dos mil nueve.- El/La Secretario.

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