Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 02/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Orden de 1 de junio de 2010, por la que se aprueba el deslinde del monte público «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo».

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Expte. MO/00027/2008.

Visto el expediente núm. MO/00027/2008 de deslinde del monte público «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo», con Código de la Junta de Andalucía SE-10507-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Villanueva del Río y Minas, provincia de Sevilla, instruido y tramitado por la Delegación Provincial correspondiente, resultan los siguientes

HECHOS

1. El expediente de deslinde total del Monte Público «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo», surge ante la necesidad de esclarecer los límites del monte al objeto de su posterior amojonamiento.

2. Mediante Resolución de la Consejera de Medio Ambiente de 29 de abril del 2008, se acordó el inicio de deslinde administrativo del monte «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo», habiéndose acordado que la operación de deslinde total se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía. Se publica en el tablón de anuncios del Ayuntamiento Villanueva del Río y Minas, en el BOJA número 124 de 24 de junio de 2008 y en el BOP de la provincia de Sevilla número 170, de 23 de julio de 2008.

3. Los trabajos materiales de deslinde de las líneas provisionales, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 6 de octubre del 2009, notificándose a todos los afectados conocidos, partiendo de los datos que nos proporciona el Catastro de Rústica de Villanueva del Río y Minas, siendo asimismo publicado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, BOJA número 167, de 27 de agosto de 2009, y en el BOP número 222, de 24 de septiembre de 2009 de la provincia de Sevilla. Para ello se tomó como base de trabajo la descripción de linderos de las fincas regístrales que forman parte el monte, la documentación y planos relativa al monte que obra en poder de la Delegación provincial de Sevilla y el inventario de bienes municipales del Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas.

4. Comenzando el día 6 de octubre las operaciones materiales de deslinde, en el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, los interesados afectados y personados mostraron su conformidad con la linde trazada, finalizando las operaciones materiales de apeo el día 7 de octubre del 2009.

En las correspondientes actas, redactadas durante el Apeo, se recogen las manifestaciones de todos los asistentes, se hace una descripción exhaustiva de los piquetes, quedando fielmente representados en el plano, registros topográficos e Informe del Ingeniero Operador que obran en el expediente.

5. Anunciado el periodo de exposición pública y alegaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 280, de 3 de diciembre de 2009, y Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas y notificado a los interesados conocidos durante el plazo de 30 días, no se recibieron alegaciones por parte de los colindantes interesados.

6. La Consejera de Medio Ambiente, con fecha 23 de febrero de 2010 acuerda la Interrupción para la tramitación y ejecución del expediente, desde el día 1 de febrero de 2010, que es enviado al Gabinete Jurídico para que se emita el preceptivo informe del cual es objeto el presente expediente de deslinde MO/00027/2008, reanudándose el plazo en la fecha en que a la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla le conste el informe de referencia. Acto administrativo publicado en el BOJA número 66, de 7 de abril del 2010 y debidamente notificado a los particulares interesados.

7. Gabinete Jurídico. Asesoría Jurídica de la Consejería de Medio Ambiente, emite con fecha 18 de mayo de 2010 y fecha de registro de entrada en la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla, 20 de mayo del 2010, informe número MAPI00072/10, que obrante en el presente expediente, señala entre otras (…) siendo correcta la tramitación procedimental seguida, y no habiéndose presentado alegaciones de fondo por los interesados, se considera ajustado a Derecho el expediente remitido.

A los anteriores hechos les resulta de aplicación las siguientes normas: Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, esta Consejería de Medio Ambiente

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente de deslinde del Monte Público «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo», Código de la Junta de Andalucía SE-10507-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y situado en el término municipal de Villanueva del Río y Minas, provincia de Sevilla, de acuerdo con las Actas, Planos, Registros Topográficos e Informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente de deslinde MO/00027/2008.

2.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

3.º Que habiendo estado inscrito en el Registro de la Propiedad de Lora del Río, tomo 283, libro 20, folio 205, finca número 1623 con una superficie aproximada de 468 ha, 90 áreas y 31 centiáreas según Documento Público, y ubicadas municipio de Villanueva del Río y Minas.

Una vez sea firme la Orden Resolutoria Aprobatoria del deslinde del monte público «Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo» (expediente MO/00027/2008) y de acuerdo con lo establecido en el artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes, se proceda a inscribir en el Registro de la Propiedad la finca, que según medición reciente arroja una superficie total de 412,0710 ha con la descripción de cada uno de los piquetes de deslinde que se detallan en la correspondiente acta que obra en el expediente y además, con los siguientes datos:

Nombre: Los Jaralejos y Dehesa del Monte Bajo.

Código: SE-10507-JA.

Término municipal: Villanueva del Río y Minas.

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Provincia: Sevilla.

Superficie forestal: 412,0710 ha.

Enclavados: No existen enclavados.

Superficie total forestal pública: 412,0710 ha.

Descripción linderos

NORTE Término Municipal de Alcolea del Río, Mesa de la Herrera y Arroyo del Puerco.
ESTE Camino de Constantina, pedazo de olivar que fue segregado de Dehesa Boyal del Alcolea del Río y linderos existentes entre los términos de Villanueva del Río y Alcolea del Río.
SUR Olivares de vecinos de Alcolea y camino de Constantina.
OESTE Arroyo del Puerco y el Galapagar.
Superficie pública forestal: 412,0710 ha.
Inscripción finca 1623

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Sevilla, 1 de junio de 2010

José Juan Díaz Trillo

Consejero de Medio Ambiente

ANEXO: REGISTRO TOPOGRÁFICO

COORDENADAS U.T.M. (HUSO 30)

PIQUETE ESTAQUILLA COORDENADAS DEL
PIQUETE
AL
PIQUETE
DISTANCIA
(m)
ANGULO
X Y
1 64 267.029,02 4.173.408,56 1 2 78,69 166,50
2 63 267.047,39 4.173.332,04 2 3 322,06 245,22
3 70 266.754,99 4.173.197,03 3 4 89,71 238,41
4 71 266.678,57 4.173.150,04 4 5 119,75 239,18
5 72 266.575,73 4.173.088,69 5 6 2113,65 241,34
6 47 264.720,95 4.172.075,12 6 7 167,56 228,25
7 46 264.595,94 4.171.963,54 7 8 246,32 222,61
8 45 264.429,17 4.171.782,26 8 9 146,23 211,12
9 44 264.353,60 4.171.657,07 9 10 199,47 207,68
10 43 264.260,93 4.171.480,43 10 11 124,91 211,30
11 42 264.196,04 4.171.373,70 11 12 48,76 210,05
12 41 264.171,62 4.171.331,49 12 13 50,26 271,08
13 40 264.121,37 4.171.332,44 13 14 19,69 260,82
14 414 264.101,93 4.171.329,30 14 15 59,43 203,64
15 39 264.078,10 4.171.274,86 15 16 71,12 208,62
16 38 264.044,03 4.171.212,43 16 17 92,97 153,51
17 37 264.085,50 4.171.129,22 17 18 274,23 192,26
18 33 264.027,26 4.170.861,25 18 19 49,39 227,17
19 32 263.991,04 4.170.827,67 19 20 37,20 138,43
20 417 264.015,72 4.170.799,84 20 21 42,85 232,61
21 416 263.981,67 4.170.773,82 21 22 57,79 155,25
22 415 264.005,86 4.170.721,34 22 23 44,08 186,84
23 31 264.000,61 4.170.677,57 23 24 53,00 166,27
24 419 264.013,19 4.170.626,08 24 25 33,64 222,40
25 420 263.990,51 4.170.601,24 25 26 40,26 168,36
26 29 263.998,63 4.170.561,81 26 27 230,37 199,32
27 360 263.922,41 4.170.344,41 27 28 25,68 238,00
28 362 263.900,63 4.170.330,80 28 29 113,73 200,29
29 26 263.861,19 4.170.224,13 29 30 88,55 202,37
30 1 263.827,49 4.170.142,24 30 31 125,97 329,28
31 2 263.763,13 4.170.250,53 31 32 49,77 327,92
32 373 263.736,70 4.170.292,70 32 33 45,81 306,25
33 371 263.699,76 4.170.319,79 33 34 15,81 339,18
34 372 263.694,14 4.170.334,57 34 35 97,47 275,20
35 4 263.597,07 4.170.343,40 35 36 41,67 206,36
36 5 263.578,57 4.170.306,06 36 37 23,04 214,37
37 6 263.565,56 4.170.287,04 37 38 44,39 252,86
38 7 263.523,14 4.170.273,96 38 39 38,68 248,34
39 8 263.487,19 4.170.259,68 39 40 144,80 338,86
40 9 263.434,97 4.170.394,74 40 41 57,31 263,04
41 10 263.378,08 4.170.387,80 41 42 37,11 256,44
42 11 263.342,00 4.170.379,10 42 43 24,28 5,37
43 12 263.344,27 4.170.403,27 43 44 70,16 287,18
44 13 263.277,24 4.170.424,00 44 45 27,12 230,01
45 14 263.256,46 4.170.406,57 45 46 48,96 314,78
46 15 263.221,71 4.170.441,06 46 47 166,10 228,77
47 16 263.096,80 4.170.331,58 47 48 34,61 279,48
48 17 263.062,66 4.170.337,28 48 49 24,02 272,48
49 18 263.038,66 4.170.338,32 49 50 247,98 347,92
50 19 262.986,75 4.170.580,81 50 51 37,36 349,51
51 20 262.979,95 4.170.617,55 51 52 37,59 358,98
52 21 262.979,28 4.170.655,13 52 53 56,65 293,40
53 22 262.927,29 4.170.677,63 53 54 84,64 259,00
54 23 262.844,20 4.170.661,48 54 55 33,73 26,91
55 24 262.859,47 4.170.691,56 55 56 76,33 6,98
56 25 262.868,74 4.170.767,33        
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