Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 02/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 15 de junio de 2010, de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria «Vereda del Sausal».

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Expte. VP @ 2991/05.

Visto el expediente administrativo de deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Sausal», a su paso por los Llanos del Tábano, en el término municipal de Manilva, provincia de Málaga, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Manilva, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha de 14 de abril de 1942, con una anchura legal de 20,89 metros lineales.

Segundo. Vista la propuesta de inicio del procedimiento administrativo elevada por la Delegación Provincial a instancia de don Roger Colette Lansival, en representación de la entidad Tábano, S.A., con motivo del desarrollo urbanístico OCU-1 del Plan General de Manilva, mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha de 13 de mayo de 2008, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Sausal», a su paso por Los Llanos del Tábano, en el término municipal de Manilva, provincia de Málaga

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 21 de mayo de 2009, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 81, de 29 de abril de 2009.

Mediante la Resolución de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales de la Consejería de Medio Ambiente de 4 de noviembre de 2009, se acuerda la ampliación del plazo fijado para dictar la Resolución del presente expediente de deslinde durante nueve meses más, notificándose a todos los interesados tal como establece el artículo 49 de la Ley 30/1992.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, esta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga número 220, de fecha de 17 de noviembre de 2009.

Durante la instrucción del procedimiento no se han presentado alegaciones.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de mayo de 2010.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana la Resolución del presente procedimiento administrativo de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 139/2010, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Vereda del Sausal», ubicada en el término municipal de Manilva (Málaga), fue clasificada por la citada Orden Ministerial, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «...el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Málaga, de fecha 11 de marzo de 2010, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de mayo de 2010.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Vereda del Sausal», a su paso por Los Llanos del Tábano, en el término municipal de Manilva, provincia de Málaga, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Longitud: 580,70 metros lineales.

Anchura: 20 metros lineales

Superficie: 11.612,69 metros cuadrados.

Descripción registral: Finca rústica en el término municipal de Manilva, provincia de Málaga, de forma alargada con una anchura de 20 metros, la longitud deslindada es de 580,70 metros, la superficie deslindada de 11612,69 m2 que en adelante se conocerá como «Vereda del Sausal» linda:

- Al Norte (inicio): Con la vía pecuaria «Vereda de la Cañada del Apartadero» del término municipal de Manilva.

- Al Sur (final): Con la vía pecuaria «Vereda del Sausal», del término municipal de San Roque (Cádiz).

- Al Este (derecha): Con la siguiente finca rústica identificada según datos catastrales - Titular:

5345901TF9254N0001XY TABANO, S.A.

- Al Oeste (izquierda) con la vía pecuaria «Vereda de la Cañada del apartadero» del término municipal de Manilva, actualmente intrusada por la siguiente finca rústica identificada según datos catastrales - Titular:

5345901TF9254N0001XY TABANO S.A.

S/C DESCONOCIDO

LISTADO DE COORDENADAS PLANIMÉTRICAS ABSOLUTAS U.T.M., EXPRESADAS EN METROS, DE LOS PUNTOS QUE DELIMITAN LAS LÍNEAS BASE DEFINITORIAS DEL DESLINDE DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA VEREDA DEL SAUSAL, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MANILVA (MÁLAGA)
ETIQUETA COORD_X COORD_Y
1D 294615,69 4024341,47
2D 294622,52 4024328,65
3D 294629,08 4024318,83
4D 294646,86 4024299,34
5D 294660,14 4024287,20
6D 294699,21 4024261,39
7D 294711,68 4024257,01
8D 294718,62 4024253,63
9D 294755,31 4024230,39
10D 294803,40 4024208,00
11D 294814,31 4024198,05
12D 294883,21 4024154,41
13D 294935,44 4024115,85
14D 294958,47 4024095,51
15D 294981,08 4024078,37
16D 294984,72 4024075,26
17D 294989,06 4024070,36
18D 294993,12 4024063,67
19D 294996,48 4024053,07
20D 294996,89 4024042,20
21D 294996,13 4024037,52
22D 294992,43 4024027,59
23D 294988,64 4024021,73
24D 294961,45 4023993,49
25D 294957,00 4023985,38
26D 294957,16 4023979,25
1I 294632,40 4024352,64
2I 294639,70 4024338,94
3I 294644,87 4024331,20
4I 294661,02 4024313,49
5I 294672,47 4024303,03
6I 294708,17 4024279,44
7I 294719,40 4024275,50
8I 294728,38 4024271,13
9I 294764,92 4024247,98
10I 294814,61 4024224,84
11I 294826,49 4024214,01
12I 294894,52 4024170,92
13I 294948,02 4024131,42
14I 294971,15 4024111,00
15I 294993,63 4024093,96
16I 294998,77 4024089,57
17I 295005,24 4024082,27
18I 295011,46 4024071,98
19I 295016,36 4024056,54
20I 295016,95 4024040,95
21I 295015,55 4024032,36
22I 295010,41 4024018,57
23I 295004,39 4024009,26
24I 294977,70 4023981,54
25I 294977,13 4023980,49
26I 294977,28 4023974,87

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos

Sevilla, 15 de junio de 2010.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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