Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 16/09/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Resolución de 8 de septiembre de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, por la que se dispone la publicación de la relación de solicitantes admitidos/as y de solicitantes excluidos/as de la convocatoria de becas de formación e investigación en el área de la estadística pública en el Sistema Estadístico de Andalucía, realizada por Resolución que se cita.

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Vista la Orden de 20 de agosto de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las normas reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación por el Instituto de Estadística de Andalucía y se convocan becas para el ejercicio 2008 (BOJA núm. 169, de 26 de agosto de 2008), y en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La Orden de 20 de agosto de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda, en su artículo 8 establece el procedimiento y el plazo de presentación de solicitudes y anexos para la participación en la convocatoria de becas de formación e investigación en el área de la estadística pública, en el Sistema Estadístico de Andalucía.

Segundo. Examinadas las solicitudes presentadas por las personas interesadas que se relacionan en los Anexos I y II a la presente Resolución, se comprueba la adecuación de las mismas a los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria de becas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, regula el trámite de subsanación de las solicitudes presentadas por las personas interesadas.

Segundo. El artículo 8.4 de la Orden de 20 de agosto de 2008 establece que si las solicitudes no reunieran los requisitos exigidos o no acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá a las personas interesadas para que subsanen los defectos en el plazo de diez días, indicándoles que si así no lo hicieran se les tendrá por desistidas de su solicitud, previa Resolución.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 de la Orden de 20 de agosto de 2008 y según dispone el apartado f) de la Resolución de 19 de julio de 2010, del Instituto de Estadística de Andalucía, las notificaciones serán realizadas mediante publicación en el tablón de anuncios del Instituto de Estadística de Andalucía, sito en la calle Leonardo Da Vinci, núm. 21, Pabellón de Nueva Zelanda, de Sevilla, en la página web del Instituto de Estadística de Andalucía, www.juntadeandalucia.es/institutodeestadistica, y en el portal www.andaluciajunta.es.

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO

Primero. Publicar la relación de solicitantes admitidos/as a la convocatoria de becas de formación e investigación en el área de la estadística pública correspondiente a 2010.

Segundo. Publicar la relación de solicitantes excluidos/as, con indicación de los motivos de exclusión, de la convocatoria de becas de formación e investigación en el área de la estadística pública correspondiente a 2010.

Tercero. El plazo para la subsanación de las solicitudes, conforme al artículo 8.4 de la Orden de 20 de agosto de 2008, será de diez días, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de septiembre de 2010.- El Director, Ignacio Pozuelo Meño.

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