Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 12/2010, de 12 de enero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en el Borge (Málaga).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9, apartado séptimo, los órganos competentes para resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. El municipio malagueño de El Borge, cuyos orígenes se remontan a la época musulmana, pasó a manos de los castellanos en el año 1487. En 1505 el arzobispo de Sevilla don Diego de Deza, a instancias de la Reina Isabel La Católica, fundó la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, cuya construcción fue confirmada por bula del papa Julio II en 1510, quedando desde entonces adscrita a la vicaría de Málaga.

La iglesia se levanta en estilo gótico mudéjar, en alternancia y consonancia con posteriores añadidos de estilo renacentista y barroco, siguiendo el modelo de otros templos de la axarquía malagueña como es el caso de la iglesia de la Encarnación de Comares. El edificio, que ha quedado inmerso en el centro urbano del municipio junto a la plaza de la Constitución, presenta un potente volumen que destaca sobre el conjunto del caserío, convirtiéndose en un importante y reconocido hito visual y paisajístico.

El reconocimiento de estos valores históricos, arquitectónicos, estilísticos y culturales en la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), la hacen merecedora de ser incluida en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento.

III. Por Resolución de 26 de junio de 1985, de la Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía (BOJA número 70, de 12 de julio de 1985), fue incoado procedimiento de declaración de monumento histórico-artístico, a favor de la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y en el Decreto de 22 de julio de 1958, según lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

En relación a la instrucción del procedimiento, han emitido informe favorable a la inscripción la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en sesión celebrada el 30 de marzo de 1987, la Dirección del Departamento de Historia del Arte de la Universidad de Málaga, con fecha de 27 de octubre de 2005, y la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Málaga, en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2005.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA número 209, de 26 de octubre de 2005), y de audiencia al Ayuntamiento, al Obispado de Málaga y a los particulares interesados. A los interesados cuyos datos se desconocen, así como a los que habiéndose intentado la notificación no se ha podido practicar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA número 74, de 20 de abril de 2006, y su exposición en tablón de Edictos del Ayuntamiento de El Borge (Málaga). Durante la tramitación del procedimiento no se presentaron alegaciones.

Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con la disposición transitoria primera de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, y según lo dispuesto en su artículo 27.1, así como en el artículo 8 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga).

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del citado Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de enero de 2010,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), cuya descripción y delimitación figuran en el Anexo al presente Decreto.

Segundo. Concretar un entorno común en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación y estudio. Dicho entorno afectado por la inscripción de la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), como Bien de Interés Cultural, abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, los inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Declarar Bien de Interés Cultural, por constituir parte esencial de la historia de la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), los bienes muebles que se relacionan y se describen en el anexo al presente Decreto.

Cuarto. Instar el asiento de este bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Sexto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de enero de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Rosario Torres Ruiz

Consejera de Cultura

ANEXO

1. DENOMINACIÓN

Principal: Iglesia de Nuestra Señora del Rosario.

Accesoria: Iglesia parroquial de Nuestra Señora del Rosario.

2. LOCALIZACIÓN

Provincia: Málaga.

Municipio: El Borge.

Ubicación: Calle Málaga, núm. 1.

3. DESCRIPCIÓN DEL BIEN

La iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), presenta una planta de tres naves con cabecera plana, proyectada hacia el exterior como un cuerpo macizo rectangular, elevado sobre un basamento que resuelve el desnivel del terreno, al cual se adosan varios volúmenes verticales que corresponden a la torre-campanario, el camarín mayor o torre-camarín adosado a la cabecera, y un segundo camarín más pequeño, adosado a la nave del Evangelio.

La torre campanario consta de dos cuerpos separados por una sencilla línea de impostas de ladrillo. En el cuerpo superior, a diferencia del inferior que se presenta totalmente desornamentado, se abren dos vanos con arcos de medio punto en los laterales noreste y sureste, donde se ubican las campanas. En la fachada norte, abierta hacia la plaza de la Constitución, se encuentra el reloj, de esfera circular. La torre presenta una cubierta a cuatro aguas con teja árabe y alero terminado en diente de sierra.

El camarín mayor o torre-camarín, elevado sobre un basamento cuadrado con los paramentos cajeados, se resuelve como un destacado volumen de dos pisos prácticamente independiente. El primer cuerpo presenta los paramentos cajeados con placas triangulares bajo un entablamento con ondulaciones sobre el que apoyan pináculos de cerámica. El segundo cuerpo presenta en cada uno de sus lados un óculo central flanqueado por pilastras dóricas y placas geométricas recortadas en el entablamento. Sobre la cornisa, el camarín se remata con un chapitel octogonal en forma de pirámide, cubierto con cerámica vidriada con alicatados rectangulares de colores negro y blanco, formando dibujo en zig-zag, y en torno al cual se disponen bolas cruzadas. El segundo camarín, más pequeño, presenta un primer cuerpo cuadrado, en el que se abre un hueco coronado por una cornisa de líneas mixtilíneas y quebradas, y sobre el cual se alza el segundo cuerpo, de planta octogonal y rematado por una amplia cornisa desde donde arranca un chapitel de ocho paños cubierto por teja árabe. Entre el camarín y la iglesia se abre, a nivel de la calle, un paso abovedado a modo de atrio, que conforma el espacio previo a la portada occidental de la iglesia.

El acceso al templo se realiza a través de dos entradas, la principal abierta a los pies y una secundaria, abierta en el lateral de la nave del Evangelio. La entrada principal, antecedida por un atrio elevado sobre el nivel de la calle, al que se accede a través de una empinada escalinata adosada tangencialmente a la fachada, es la principal aportación en estilo renacentista que se conserva en el inmueble. Ésta se compone por un arco carpanel flanqueado por pilastras jónicas cajeadas, interrumpidas por una imposta resaltada con tacos y casetones, que sostienen un entablamento con cornisa decorada con azulejos alternados con restos de modillones de ladrillo. Las enjutas del arco presentan un panel de azulejos ajedrezados de colores azul y blanco. Siguiendo el eje de la portada se abre un óculo que ilumina el coro alto. La entrada lateral o secundaria se resuelve con una puerta de madera bajo un arco de medio punto sin ornamentar.

El interior del templo se resuelve en tres naves longitudinales separadas por pilares cruciformes, que presentan una pequeña muesca en las esquinas, y sobre los que descansan arquerías góticas dobles que recuerdan a la vecina iglesia de Comares. En la nave central, más alta y ancha que las laterales, destaca la armadura mudéjar del siglo XVI, realizada mediante lazos de cuatro a partir de estrellas y crucetas que surgen de los bordes de los faldones, y con las tablas decoradas con menados y estrellas recortadas. Seis tirantes dobles decorados con lazos, apoyados sobre canes de perfil en S, refuerzan la armadura. En las naves laterales, cubiertas por simples armaduras de madera de colgadizo, se abren hornacinas para albergar imágenes, entre las que cabe mencionar la que se abre en el centro de la nave de Evangelio: un hueco tripartito formado por arco de medio punto sobre columnas corintias, alzadas sobre ménsulas con aspecto de placas recortadas, y con la clave del arco central decorada con una mocalla barroca.

El presbiterio, de planta cuadrada y separado de la nave central por un arco toral casi de herradura, está cubierto por una interesantísima armadura octogonal de estilo mudéjar, obra del siglo XVI, decorada con lazos de diez y cinco estrellas en el centro de los faldones, rematada en el centro del almizate por una piña de mocárabes. En los lazos se incluyen las limas mohamares que cubren los enlaces entre los faldones. El original retablo de madera fue destruido durante la Guerra Civil, por lo que en la actualidad no se conservan elementos ornamentales de gran valor. A la derecha del presbiterio se encuentra la sacristía, a través de la cual se accede a la torre-campanario, de planta cuadrada sensiblemente girada respecto a la iglesia.

A los pies de la nave central se sitúa el coro alto, con balaustrada alta de madera; bajo éste, y abarcando la anchura de las tres naves del templo, se ubica el sotocoro, cubierto por bóvedas de arista que apoyan sobre arcos fajones que descansan a su vez en placas recortadas.

A través de un hueco abierto a los pies de la iglesia, en la nave de la Epístola se tiene acceso al baptisterio, una pequeña sala de planta triangular, iluminada por una ventana abierta en la fachada suroriental, en cuyo interior se encuentra la pila bautismal.

En la cabecera y nave del Evangelio respectivamente se ubican los dos camarines de la iglesia de El Borge. Ambos, de planta octogonal, constituyen la principal aportación barroca del siglo XVIII al templo. El camarín mayor presenta hornacinas en el interior y bóveda de ocho paños sin decorar; en la planta baja se encuentra la cripta, un pequeño recinto en cuyas paredes se alinean varios niveles de nichos realizados en ladrillo. El segundo camarín, de dimensiones más reducidas, presenta el mismo esquema compositivo que el anterior: un primer cuerpo cuadrado sobre el que se eleva un segundo cuerpo octogonal.

4. DELIMITACIÓN DEL BIEN

La inscripción de la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, afecta al volumen total del inmueble, incluyendo las escalinatas y el atrio que anteceden a la fachada principal, conforme aparece representado gráficamente en el plano adjunto de delimitación del Bien y su entorno, ocupando la siguiente parcela del parcelario catastral urbano:

Parcelario Catastral Urbano.

Manzana 99514. Parcela 03, C/ Málaga, núm. 1, totalmente afectada.

5. DELIMITACIÓN DEL ENTORNO

La iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), se ha consolidado en el centro histórico del municipio, especialmente por su volumetría, como un auténtico hito paisajístico; por ello, los criterios a seguir para la delimitación del entorno pretenden mantener y fomentar la correcta visualización del inmueble, evitando en la medida de lo posible un progresivo ocultamiento y deterioro del mismo.

El entorno afectado por la inscripción como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, de la iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), comprende las manzanas, parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados comprendidos dentro de la línea de delimitación que figura en el plano del Bien y su entorno, cuya relación se establece a continuación.

Parcelario Catastral Urbano.

Manzana 99513.

Parcela 02, C/Málaga núm. 10, parcialmente afectada.

Manzana 99514.

Parcela 01, C/ Molino, núm. 3, totalmente afectada.

Parcela 02, C/ Molino, núm. 2, totalmente afectada.

Parcela 04, C/ Málaga, núm. 2, totalmente afectada.

Parcela 05, C/ Málaga, núm. 2, totalmente afectada.

Parcela 06, C/ Málaga, núm. 6, totalmente afectada.

Parcela 07, C/ Alcubilla, núm. 1, totalmente afectada.

Parcela 08, C/ Málaga, núm. 8, totalmente afectada.

Parcela 09, C/ Alcubilla, núm. 2, totalmente afectada.

Manzana 99516.

Parcela 01, C/ Málaga, núm. 1, totalmente afectada.

Parcela 14, C/ Málaga, núm. 5, totalmente afectada.

Parcela 15, C/ Málaga, núm. 3, totalmente afectada.

Manzana 99519.

Parcela 01, C/ Málaga, núm. 7, totalmente afectada.

Parcela 02, C/ Málaga, núm. 5, totalmente afectada.

Parcela 03, C/ Solanilla, núm. 2, totalmente afectada.

Parcela 07, C/ Málaga, núm. 9, totalmente afectada.

Parcela 09, C/ Fresca, núm. 17, totalmente afectada.

Manzana 99527.

Parcela 01, Plaza de la Constitución, núm. 1, totalmente afectada.

Manzana 99528.

Parcela 05, Plaza de la Constitución, núm. 2, totalmente afectada.

Parcela 06, C/ Puente, núm. 4, totalmente afectada.

Espacios públicos.

Plaza de la Constitución, totalmente afectada.

Calle Málaga, totalmente afectada.

Calle Alcubilla, parcialmente afectada, el tramo que integra la parcela 02 de la manzana 99513 hasta su confluencia con la calle Málaga.

Calle Solanilla, parcialmente afectada, el tramo que integra la parcela 03 de la manzana 99519 hasta su confluencia con la calle Málaga.

Calle Molino, parcialmente afectada, el tramo que integra la parcela 01 de la manzana 99514 hasta su confluencia con la plaza de la Constitución.

La cartografía base utilizada ha sido tomada de la Cartografía Catastral Urbana digital de 2005 de la Oficina Virtual del Catastro, Dirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda.

6. BIENES MUEBLES

La iglesia de Nuestra Señora del Rosario, en El Borge (Málaga), presenta un conjunto de bienes muebles realizados en el siglo XX que, pese a su escaso valor histórico, han adquirido un importante valor devocional entre los feligreses, por lo cual se consideran parte integrante del Bien.

1. Denominación: San Gabriel. Clasificación: escultura de bulto redondo. Material: madera y pigmentos. Técnica: tallado, policromado y estofado. Medidas: 1,35 x 0,50 x 0,40 m. Autor: anónimo. Escuela: andaluza. Cronología: siglo XX. Ubicación: nave lateral derecha, primera hornacina.

2. Denominación: Virgen del Rosario. Clasificación: escultura de bulto redondo. Material: barro y pigmentos. Técnica: modelado y policromado. Medidas: 1,60 x 0,41 x 0,18 m. Autor: obra de serie. Cronología: siglo XX. Ubicación: nave lateral derecha, segunda hornacina.

3. Denominación: Cristo (crucificado con tres clavos). Clasificación: escultura de bulto redondo. Material: madera y pigmentos. Técnica: tallado y policromado. Medidas: 2,15 x 1,20 x 0,35 m. Autor: anónimo. Escuela: andaluza. Cronología: siglo XX. Ubicación: presbiterio.

4. Denominación: Virgen de los Dolores. Clasificación: escultura de candelero. Material: madera y pigmentos. Técnica: tallado y policromado. Medidas: 1,55 x 0,53 x 0,26 m. Autor: anónimo. Escuela: andaluza. Cronología: siglo XX. Ubicación: camarín. Nave del Evangelio.

5. Denominación: Jesús Nazareno. Clasificación: escultura de bulto redondo. Material: madera y pigmentos. Técnica: tallado y policromado. Medidas: 1,60 x 0,30 x 0,70 m. Autor: anónimo. Escuela: andaluza. Cronología: siglo XX. Ubicación: camarín. Nave del Evangelio.

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