Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 15/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 23 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada Cordel del Hoscajo.

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Expte.: VP@1736/09.

Visto el expediente administrativo de deslinde de la vía pecuaria «Cordel del Hoscajo», en el término municipal de Purchena, provincia de Almería, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Purchena, fue clasificada por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 5 de julio de 1999, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 89, de 3 de agosto de 1999, con una anchura legal de 21 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 4 de junio de 2009, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Cordel del Hoscajo», cuyo objetivo es la puesta en valor de la vía pecuaria integrada en la ruta que conecta la Cueva del Gato, en Somontín, en la Sierra de Lúcar Partaola, con el paraje de la Quebrada de Suflí en la Sierra de los Filabres, por su idoneidad para el desarrollo de actividades de uso público.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 165, de 27 de agosto de 2009, se iniciaron el 8 de octubre de 2009.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería número 43, de 5 de marzo de 2010. Transcurrido el plazo, no se han presentado alegaciones a la proposición de deslinde.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 3 de agosto de 2010.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana la Resolución del presente procedimiento administrativo de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 139/2010, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Cordel del Hoscajo», ubicada en el término municipal de Purchena (Almería), fue clasificada por la citada Resolución, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «...el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, de 9 de julio de 2010, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 3 de agosto de 2010.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria «Cordel del Hojasco», en su totalidad, en el término municipal de Purchena, provincia de Almería, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

Longitud: 1.403,13 metros lineales.

Anchura: 21 metros lineales

Superficie: 29.436,19 metros cuadrados.

Descripción registral:

Finca rústica, en el término municipal de Purchena, provincia de Almería, de forma alargada, con una anchura de 21,00 metros, una longitud deslindada de 1.403,13 metros, una superficie deslindada de 29.436,19 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como Cordel del Hoscajo. Esta finca linda:

Norte (Inicio): Linda con GALERA ECHEVARRIAS LUIS (5/190, término municipal de Somontín).

Oeste (Derecha): Linda con GALERA ECHEVARRIAS LUIS (5/190, término municipal de Somontín), GARCIA ROMERO JOSE (2/30), MARTINEZ AZOR FERNANDO (2/31), GARCIA ROMERO JOSE (2/30), MARTINEZ AZOR FERNANDO (2/31), VICENTE MARTINEZ ANTONIO (2/32), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9010), ECHEVARRIA ORTEGA SEGUNDO (2/24), GALERA RUEDA LUIS (2/14), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/84), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9010), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/84), ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (2/9013), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/72), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9014), HEREDEROS DE SERRANO TAPIA JOSE (2/77), MU#OZ PARDO CARMEN (2/76), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/72), MURILLO EGEA TERESA (2/70), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/72).

Este (Izquierda): Linda con GALERA ECHEVARRIAS LUIS (5/190, término municipal de Somontín), GARCIA ROMERO JOSE (2/30), MARTINEZ AZOR FERNANDO (2/31), VICENTE MARTINEZ ANTONIO (2/32), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9010), GARCIA ROMERO JOSE (2/30), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/85), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9010), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/85), ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (2/9013), MU#OZ PARDO CARMEN (2/75), CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/74), PARRA MUÑOZ ROSA, MARIA, JUAN, ANTONIO, CARMEN Y HEREDEROS DE GINES (2/100), ROZAS GALERA MANUEL (2/67).

Sur (Final): Linda con CABER 2001 SL Y TANISMAR SL (2/72, término municipal de Purchena), C.M.A. AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA. DISTRITO HIDROGRAFICO MEDITERRANEO ANDALUZ (2/9010), ROZAS GALERA MANUEL (2/67).

COORDENADAS U.T.M.
Etiqueta Coordenada X Coordenada Y Etiqueta Coordenada X Coordenada Y
1I 553726,53 4136093,47 1D 553707,34 4136102,60
2I 553706,89 4136027,81 2D 553688,55 4136039,79
3I 553681,56 4136006,30 3D 553667,15 4136021,62
4I 553657,32 4135981,09 4D 553637,75 4135991,04
5I 553652,00 4135950,96 5D 553630,41 4135949,45
6I 553666,65 4135905,90 6D 553647,29 4135897,51
7I 553680,82 4135880,19 7D 553663,74 4135867,69
8I 553713,57 4135845,68
8D1 553698,33 4135831,23
8D2 553706,85 4135825,79
8D3 553716,93 4135824,95
9I 553753,55 4135852,16 9D 553754,31 4135831,01
10I 553794,82 4135848,48 10D 553787,59 4135828,04
11D 553814,29 4135810,14
11I1 553825,98 4135827,58
11I2 553832,96 4135819,74
11I3 553835,28 4135809,50
12I 553834,54 4135785,03 12D 553813,71 4135791,05
13I 553820,65 4135761,47 13D 553800,06 4135767,89
14I 553820,33 4135757,01 14D 553799,07 4135754,31
15I 553828,80 4135731,89 15D 553807,48 4135729,41
16I 553827,84 4135721,73 16D 553806,50 4135719,09
17I 553836,57 4135697,10 17D 553815,53 4135693,60
18I 553836,39 4135680,73
18D1 553815,39 4135680,96
18D2 553817,68 4135671,19
18D3 553824,24 4135663,60
19I 553852,14 4135669,56 19D 553841,43 4135651,41
20D 553857,25 4135643,78
20I1 553866,38 4135662,70
20I2 553872,45 4135658,28
20I3 553876,57 4135652,01
20I4 553878,23 4135644,69
21I 553878,52 4135637,97
21D1 553857,54 4135637,06
21D2 553860,62 4135627,00
21D3 553868,19 4135619,69
22D 553884,16 4135610,66
22I1 553894,49 4135628,94
22I2 553900,33 4135624,05
22I3 553904,05 4135617,41
23I 553912,97 4135591,13 23D 553893,32 4135583,68
24I 553922,54 4135568,39 24D 553900,98 4135565,48
25I 553916,16 4135519,61 25D 553894,87 4135518,74
26I 553922,19 4135491,63 26D 553902,23 4135484,59
27I 553936,55 4135463,08
27D1 553917,79 4135453,65
27D2 553922,97 4135447,07
27D3 553930,30 4135443,03
28D 553966,11 4135431,87
28I1 553972,36 4135451,91
28I2 553979,21 4135448,28
28I3 553984,27 4135442,41
28I4 553986,86 4135435,10
29I 553987,36 4135431,90 29D 553967,64 4135422,02
30D 553989,70 4135399,47
30I1 554004,71 4135414,15
30I2 554008,90 4135407,97
30I3 554010,66 4135400,72
31I 554012,44 4135370,91 31D 553991,88 4135363,05
32I 554019,12 4135362,48 32D 554006,21 4135344,96
33I 554059,82 4135346,75 33D 554055,08 4135326,07
34D 554100,96 4135322,31
34I1 554102,68 4135343,24
34I2 554111,69 4135340,36
34I3 554118,52 4135333,83
35I 554147,69 4135289,40 35D 554133,18 4135273,24
36I 554189,32 4135268,06 36D 554174,20 4135252,21
37I 554207,15 4135236,96 37D 554191,27 4135222,45
38I 554234,67 4135217,68 38D 554219,20 4135202,88
39I 554250,72 4135192,46 39D 554232,04 4135182,71
40I 554268,07 4135150,87 40D 554247,22 4135146,30
41I 554269,03 4135124,22 41D 554248,09 4135122,18
42I 554274,03 4135093,02 42D 554253,33 4135089,46
43I 554276,99 4135076,99 43D 554256,16 4135074,17
1C 554267,13 4135073,87

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos.

Sevilla, 23 de noviembre de 2010.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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