Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 09/02/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de enero de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, dimanante de procedimiento verbal núm. 14/2003. (PD. 247/2010).

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NIG: 4109142C20030000270.

Procedimiento: Juicio verbal 14/2003. Negociado: 1.

De: TUSSAM.

Procuradora: Sra. Eva María Mora Rodríguez.

Contra: Don Francisco Overa Millán y Axa Aurora.

Procuradora: Sra. María del Pilar Penella Rivas.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento juicio verbal 14/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de TUSSAM contra Francisco Overa Millán y Axa Aurora sobre, se ha dictado la sentencia que ,copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En Sevilla, a ocho de octubre de dos mil tres.

Vistos por doña María Fernanda Mirmán Castillo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, los presentes autos de juicio verbal seguidos a instancia de Transportes Urbanos de Sevilla, Sociedad Anónima Municipal (TUSSAM), representada en autos por la Procuradora Sra. Eva M.ª Mora Rodríguez y asistida por la Letrada Sra. Rosario Gutiérrez Ferrer, contra don Francisco Overa Millán, en rebeldía, y contra la compañía de seguros Axa Aurora, S.A., representada por la Procuradora Sra. Pilar Penella Rivas y asistida por el Letrado Sr. Rafael Leyva Ortega, sobre reclamación de cantidad por daños derivados de accidente de circulación.

FALLO

Estimar parcialmente la demanda promovida por Transportes Urbanos de Sevilla, Sociedad Anónima Municipal (TUSSAM) frente a don Francisco Overa Millán y la compañía de seguros Axa Aurora, y en consecuencia:

1. Declaro que don Francisco Overa Millán adeuda a la parte actora la cantidad de ciento setenta y nueve euros con doce céntimos (179,12 euros) en concepto de indemnización por los daños materiales derivados de accidente de circulación.

2. Condeno al mismo a estar y pasar por la anterior declaración y, en consecuencia, a que abone a la entidad actora la referida suma, con los intereses previstos en el fundamento de derecho cuarto.

3. Absuelvo a la compañía de seguros Axa Aurora de los pedimentos de la demanda formulados contra ella.

4. Condeno a don Francisco Overa Millán al pago de las costas de la parte actora y a TUSSAM al pago de las costas de la codemandada absuelta.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, mediante la presentación en este Juzgado de escrito de preparación del recurso. El condenado al pago de la indemnización deberá acreditar en el momento de preparar el recurso haber constituido depósito en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado por el importe de la condena impuesta incrementado con los intereses y recargos exigibles. Dicho depósito podrá hacerse también mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier otro medio que, a juicio del tribunal, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad consignada o depositada.

Llévese el original al libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Overa Millán, extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintiséis de enero de dos mil diez.- El/La Secretario.

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