Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 3 de 07/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 16 de diciembre de 2009, de la Secretaría General para la Administración Pública, de concesión de las subvenciones objeto de la Orden que se cita, en el ámbito del personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

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La Comunidad Autónoma de Andalucía, en aras de sus competencias y a través de la Ley del Presupuesto de cada año, concede subvenciones o ayudas para el fomento de actividades de utilidad o interés social para contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que tales actividades comportan, encontrándose entre éstas las actividades de la acción sindical.

Así, conforme con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública, el Reglamento aprobado por Decreto 54/2001, de 20 de noviembre, y la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009, esta Consejería de Justicia y Administración Pública, ha venido concediendo subvenciones a las Organizaciones Sindicales con objeto de contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que comporta la acción sindical, canalizándose estas ayudas como subvenciones regladas, siendo la Orden de 8 de marzo de 2007 la que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, acotándose el ámbito de aplicación y regulando de modo singular el procedimiento y los criterios en virtud de los cuales ha de hacerse el reparto de las cantidades que, en su caso, corresponda conceder.

Conforme a esta Orden, para conformar los criterios de reparto establecidos en el artículo 32 (número de representantes obtenidos por cada Organización Sindical en las últimas elecciones celebradas y presencia de las mismas en las Mesas General y Sectorial de Negociación), se ha adoptado como pauta más objetiva y más acorde con el principio de seguridad jurídica e igualdad, integrar aquellos criterios tomando en consideración los datos electorales en el ámbito del personal laboral resultantes de los últimos procesos electorales celebrados, con base en las certificaciones emitidas por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo.

En su virtud, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12.6 de la Orden de 8 de marzo de 2007, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, esta Secretaría General para la Administración Pública,

RESUELVE

Primero. Conceder a las Organizaciones Sindicales del ámbito del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía que se mencionan, en concepto de subvención para la financiación de los gastos corrientes durante el ejercicio 2009, las cantidades que se indican a continuación, distribuidas por anualidades, conforme a lo dispuesto en los artículos 30 y 32 de la Orden de referencia:

Organización beneficiaria: UGT Andalucía.

Importe solicitado: 100.055,81 euros.

Importe total: 63.950,76 euros.

2009: 47.963,07 euros.

2010: 15.987,69 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 63,92%.

Organización beneficiaria: CCOO.

Importe solicitado: 51.293,00 euros.

Importe total: 51.293,00 euros.

2009: 38.469,75 euros.

2010: 12.823,25 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 100%.

Organización beneficiaria: CSI-CSIF.

Importe solicitado: 25.000,00 euros.

Importe total: 20.522,88 euros.

2009: 15.392,16 euros.

2010: 5.130,72 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 82,09%

Organización beneficiaria: USTEA.

Importe solicitado (reformulado): 8.000,00 euros.

Importe total: 6.963,12 euros.

2009: 5.222,34 euros.

2010: 1.740,78 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 87,04%.

Organización beneficiaria: CGT.

Importe solicitado: 7.000,00 euros.

Importe total: 2.565,36 euros.

2009: 1.924,02 euros.

2010: 641,34 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 36,65%.

Organización beneficiaria: USO.

Importe solicitado (reformulado): 1.282,68 euros.

Importe total: 1.268,68 euros.

2009: 962,01 euros.

2010: 320,67 euros.

Porcentaje sobre subvención solicitada: 98,91%.

Segundo. Denegar a la Organización Sindical S.M.A. la subvención para la financiación de gastos corrientes en el ámbito del personal laboral, por no reunir los requisitos que establece el art. 32.a) de la Orden de 8 de marzo de 2007, según certificado emitido por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.

Tercero. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria 01.11.00.01.00.482.00.1.2.A.8. «Ayudas a Organizaciones Sindicales» de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2009.

Cuarto. La documentación a que se refiere el artículo 21 de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 8 de marzo de 2007, previa al pago de la subvención, y la posterior, justificativa del cumplimiento de las finalidades de la subvención, será remitida a la Secretaría General para la Administración Pública en la forma y en los plazos establecidos.

Quinto. Las Organizaciones Sindicales beneficiarias habrán de cumplir las obligaciones que les impone la normativa general de aplicación, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública, el Reglamento aprobado por Decreto 54/2001, de 20 de noviembre, la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009 y la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 8 de marzo de 2007.

Sevilla, 16 de diciembre de 2009.- El Secretario General, Rafael Cantueso Burguillos.

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