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La Comunidad Autónoma de Andalucía, en aras de sus competencias y a través de la Ley del Presupuesto de cada año, concede subvenciones o ayudas para el fomento de actividades de utilidad o interés social para contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que tales actividades comportan, encontrándose entre estas las actividades de la acción sindical.
Así, conforme con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública; el Reglamento aprobado por Decreto 54/2001, de 20 de noviembre, y la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009, esta Consejería de Justicia y Administración Pública ha venido concediendo subvenciones a las Organizaciones Sindicales con objeto de contribuir al sostenimiento de las cargas económicas que comporta la acción sindical, canalizándose estas ayudas como subvenciones regladas, siendo la Orden de 8 de marzo de 2007 la que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, acotándose el ámbito de aplicación y regulando de modo singular el procedimiento y los criterios en virtud de los cuales ha de hacerse el reparto de las cantidades que, en su caso, corresponda conceder.
Conforme a esta Orden, para conformar los criterios de reparto establecidos en el artículo 32 (número de representantes obtenidos por cada Organización Sindical en las últimas elecciones celebradas y presencia de las mismas en las Mesas General y Sectorial de Negociación), se ha adoptado como pauta más objetiva y más acorde con el principio de seguridad jurídica e igualdad, integrar aquellos criterios tomando en consideración los datos electorales en el ámbito del personal funcionario y estatutario resultantes de los últimos procesos electorales celebrados, con base en las certificaciones emitidas por la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo.
En su virtud, a tenor de lo dispuesto en el artículo 12.6 de la Orden de 8 de marzo de 2007, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones anuales a las Organizaciones Sindicales para la financiación de sus gastos corrientes, esta Secretaría General para la Administración Pública
RESUELVE
Primero. Conceder a las Organizaciones Sindicales del ámbito del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la Administración de la Junta de Andalucía que se mencionan, en concepto de subvención para la financiación de los gastos corrientes durante el ejercicio 2009, las cantidades que se indican a continuación, distribuidas por anualidades, conforme a lo dispuesto en los artículos 30 y 32 de la Orden de referencia:
Organización beneficiaria: CC.OO.
Importe solicitado (reformulado): 182.899,60 euros.
Importe total: 182.899,60 euros.
2009: 137.174,70 euros.
2010: 45.724,90 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 100%.
Organización beneficiaria: UGT Andalucía.
Importe solicitado: 285.306,96 euros.
Importe total: 163.161,64 euros.
2009: 122.371,23 euros.
2010: 40.790,41 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 57,19%
Organización beneficiaria: CSI-CSIF.
Importe solicitado: 280.000,00 euros.
Importe total: 148.681,33 euros.
2009: 111.511,00 euros.
2010: 37.170,33 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 53,10%.
Organización beneficiaria: SATSE.
Importe solicitado (reformulado): 78.000,00 euros.
Importe total: 76.787,14 euros.
2009: 57.590,35 euros.
2010: 19.196,79 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 98,45%.
Organización beneficiaria: SMA.
Importe solicitado (reformulado): 33.500,00 euros.
Importe total: 29.609,58 euros.
2009: 22.207,18 euros.
2010: 7.402,40 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 88.39%
Organización beneficiaria: USTEA.
Importe solicitado (reformulado): 20.100,00 euros.
Importe total: 18.184,07 euros.
2009: 13.638,05 euros.
2010: 4.546,02 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 90,47%.
Organización beneficiaria: ANPE.
Importe solicitado: 50.000,00 euros.
Importe total: 13.933,92 euros.
2009: 10.450,44 euros.
2010: 3.483,48 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 27,87%.
Organización beneficiaria: USAE.
Importe solicitado: 71.198,04 euros.
Importe total: 13.353,34 euros.
2009: 10.015,00 euros.
2010: 3.338,34 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 18,76%.
Organización beneficiaria: Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía.
Importe solicitado: 253.230,00 euros.
Importe total: 12.640,97 euros.
2009: 9.480,73 euros.
2010: 3.160,24 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 4,99%.
Organización beneficiaria: SADI.
Importe solicitado: 70.000,00 euros.
Importe total: 11.901,89 euros.
2009: 8.926,42 euros.
2010: 2.975,47 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 17,00%.
Organización beneficiaria: CGT.
Importe solicitado: 25.000,00 euros.
Importe total: 6.282,18 euros.
2009: 4.711,63 euros.
2010: 1.570,54 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 25,13%.
Organización beneficiaria: APIA.
Importe solicitado (reformulado): 5.000,00 euros.
Importe total: 4.804,02 euros.
2009: 3.603,02 euros.
2010: 1.201,00 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 96,08%.
Organización beneficiaria: USO.
Importe solicitado: 2.050,00 euros.
Importe total: 2.050,00 euros.
2009: 1.537,50 euros.
2010: 512.50 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 100%.
Organización beneficiaria: ASTISA.
Importe solicitado: 4.200,00 euros.
Importe total: 1.478,16 euros.
2009: 1.108,62 euros.
2010: 369, 54 euros.
Porcentaje sobre subvención solicitada: 35,19%.
Segundo. Las cantidades correspondientes a cada subvención se imputarán a la aplicación presupuestaria 01.11.00.01.00.482.00.1.2.A.8. «Ayudas a Organizaciones Sindicales», de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2009.
Tercero. La documentación a que se refiere el artículo 21 de la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 8 de marzo de 2007, previa al pago de la subvención, y la posterior, justificativa del cumplimiento de las finalidades de la subvención, será remitida a la Secretaría General para la Administración Pública en la forma y en los plazos establecidos.
Cuarto. Las Organizaciones Sindicales beneficiarias habrán de cumplir las obligaciones que les impone la normativa general de aplicación, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública; el Reglamento aprobado por Decreto 54/2001, de 20 de noviembre; la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2009, y la Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 8 de marzo de 2007.
Sevilla, 16 de diciembre de 2009.- El Secretario General, Rafael Cantueso Burguillos.
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