Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de septiembre de 2009, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante del procedimiento verbal núm. 779/2009. (PD. 347/2010).

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NIG: 1102042C20090003651.

Procedimiento: Juicio verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 779/2009. Negociado: E.

Sobre: J. Verbal Desahucio.

De: Don Miguel Ángel Clemente Mármol y Royal Inversiones, C.B.

Procurador: Sr. Leonardo Medina Martín.

Contra: Don José Luis Alcobre Peña.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 779/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de don Miguel Ángel Clemente Mármol y Royal Inversiones, C.B., contra don José Luis Alcobre Peña, sobre J. Verbal Desahucio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 222/2009

En Jerez de la Frontera, a dieciséis de julio de dos mil nueve.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal de desahucio por falta de pago núm. 779/2009, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Miguel Ángel Clemente Mármol y Royal Inversiones, C.B., con Procurador don Leonardo Medina Martín y Letrado don Miguel A. Clemente Mármol, y de otra como demandado don José Luis Alcobre Peña, rebelde,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Miguel Ángel Clemente Mármol y la Comunidad de Bienes Royal Inversiones, C.B. contra don José Luis Alcobre Peña, rebelde, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que respecto a la nave sita en esta ciudad, Secc. 3.ª, núm. 32932, edificio industrial al sitio Pastranilla, núm. 6.05, puerta C, situada en la Parcela 1, Bodegas Bobadilla, hoy calle Envero, núm. 6, une a las partes, condenando a dicho demandado a que la desocupe y entregue a los actores con apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, señalado para el día ocho de septiembre de 2009, y con imposición al mismo de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don José Luis Alcobre Peña, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera, a veintiocho de septiembre de dos mil nueve.- El/La Secretario/a Judicial.

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