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NIG: 1101242C20080005266.
Procedimiento: Modificación medidas definitivas 1170/2008. Negociado: AL.
De: Don Antonio Poveda Valenzuela.
Procurador: Sr. Antonio Cervilla de Puelles.
Letrada: Sra. Clara Benavides Iglesias.
Contra: Doña María del Pilar Vaca Martos.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Modificación medidas definitivas 1170/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz (antiguo Mixto núm. Ocho), a instancia de don Antonio Poveda Valenzuela contra doña María del Pilar Vaca Martos sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Cádiz, a tres de noviembre de dos mil nueve. La Sra. Doña María Esther Martínez Saiz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos sobre modificación de medidas adoptadas en anterior juicio verbal, seguidos con el núm. 1170/08, promovidos a instancia de don Antonio Poveda Valenzuela, representado por el Procurador don Antonio Cervilla de Fuelles y asistida de la Letrada doña Clara Benavides Iglesias contra doña María del Pilar Vaca Martos, declarada en rebeldía, y el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de don Antonio Poveda Valenzuela contra doña María del Pilar Vaca Martos debo acordar y acuerdo que la guarda y custodia del hijo común sea atribuida al actor, sin que se establezca por ahora ningún derecho de visitas a favor de la demandada. Igualmente se establece la obligación de la madre de contribuir a los alimentos de su hijo en la cuantía que se determine en ejecución de sentencia una vez se conozca la capacidad económica de la demandada. No se imponen las costas a ninguna de las partes.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña María del Pilar Vaca Martos, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a dieciséis de diciembre de dos mil nueve.- El/La Secretario.
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