Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Orden de 8 de febrero de 2010, por la que se acuerda avocar la competencia que se cita y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Málaga.

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La Orden de 14 de julio de 2004, por la que se delegan competencias de la Consejería de Empleo y de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo, en diversos órganos administrativos, delega en el artículo 2.3.a), en la persona titular de la Secretaría General Técnica todas las competencias que la normativa de Contratos de las Administraciones Públicas atribuye al órgano de contratación, desde su iniciación a la liquidación definitiva de los mismos en relación, entre otros, con el contrato administrativo de obras.

Razones de orden técnico y de eficacia administrativa aconsejan avocar la referida delegación de competencias para el procedimiento administrativo, de contratación de obras relativas a la elevación de planta en el edificio sede del Centro de Formación para el Empleo Rafael Salinas en el municipio de Málaga (Málaga), y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Málaga.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 101, 102 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

DISPONGO

Artículo 1. Avocación y delegación.

Avocar la competencia delegada en la persona titular de la Secretaría General Técnica, en relación al contrato administrativo de obras, para la realización del proyecto denominado «Elevación de planta en el edificio sede del Centro de Formación para el Empleo Rafael Salinas» del municipio de Málaga, desde su iniciación hasta la liquidación definitiva del mismo, y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo, en Málaga.

Artículo 2. Régimen jurídico.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de febrero de 2010

Antonio Fernández García

Consejero de Empleo

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