Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 24/03/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 5 de marzo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de procedimiento verbal núm. 1504/2009. (PD. 671/2010).

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NIG: 0401342C20090008887.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1504/2009. Negociado: AJ.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos).

Juicio: Juicio Verbal (250.2) 1504/2009.

Parte demandante: Unicaja.

Parte demandada: Don Rolandas Arcimavicius y doña Lina Arcimaviciene.

Sobre: Juicio Verbal (250.2).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 27/10

En Almería, a dos de febrero de dos mil diez.

Vistos por doña María José Buitrago Pastor, Magistrada del Juzgado número Dos de esta ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 1504/09, seguidos a instancia de Unicaja, representada por la Procuradora doña Antonia Abad Castillo y asistida del Letrado don Marcos A. Galera Navarro, sobre reclamación de cantidad, contra don Rolandas Arcimavicius y doña Lina Arcimaviciene, en situación procesal de rebeldía, dicta sentencia en base a los siguientes

FALLO

Dispongo: Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora doña Antonia Abad Castillo, en nombre y representación de Unicaja, contra don Rolandas Arcimavicius y doña Lina Arcimaviciene, condenándoles al pago de la cantidad de 2.723,19 euros, intereses legales y costas.

Notifíquese a las partes la presente Sentencia, haciéndoles saber que contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser preparado en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, para su conocimiento por la IIustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 0224 0000 13 1504 09, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta Sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expedirá Testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo, doña María José Buitrago Pastor, Magistrado-Juez del Juzgado número Dos de Almería.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica Sentencia de fecha 2 de febrero de 2010 de fecha, en el sentido de que donde se dice se dispone «Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora doña Antonia Abad Castillo, en nombre y representación de Unicaja, contra don Rolandas Arcimavicius y doña Lina Arcimaviciene condenándoles al pago de la cantidad de 2.723,19 euros, intereses legales y costas», debe decir «Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora doña Antonia Abad Castillo, en nombre y representación de Unicaja, contra don Rolandas Arcimavicius y doña Lina Arcimaviciene, condenándoles al pago de la cantidad de 2.723, 19 euros, intereses pactados del 12,00% anual desde el 8.6.2007 hasta su completo pago».

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de día de la fecha, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de Notificación.

En Almería, a cinco de marzo de dos mil diez.- El/La Secretario/a Judicial.

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