Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 17 de diciembre de 2009, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se conceden y deniegan subvenciones para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, solicitadas al amparo de la Orden que se cita.

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Iniciado el procedimiento para conceder subvenciones a los Ayuntamientos andaluces con objeto de cooperar con la mejora de los Juzgados de Paz, en su convocatoria de 2009, al amparo de la Orden de 8 de marzo de 2007, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 73, de 13 de abril de 2007), modificada por la Orden de 11 de diciembre de 2007 (BOJA núm. 252, de 26 de diciembre de 2007), y por la Orden de 25 de enero de 2008 (BOJA núm. 32, de 14 de febrero de 2008), por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas y para la financiación de gastos corrientes a Organizaciones Sindicales, recuperación de la Memoria Histórica y mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, y resultando los siguientes

HECHOS

Primero. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 15 de marzo de 2009, habiendo tenido entrada en esta Delegación Provincial, en los términos del artículo 10 de la citada Orden y de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, 44 solicitudes.

Segundo. De acuerdo con las previsiones del artículo 12.3.a) de la Orden de 8 de marzo de 2007, se constituyó la Comisión de Valoración, integrada por quien desempeña la Secretaría General de la Delegación Provincial, quien ocupa la Jefatura del Servicio de Justicia y el funcionario designado por la persona titular de esta Delegación Provincial, que han desarrollado las funciones que les encomiendan las bases reguladoras contenidas en la Orden citada.

Teniéndose en consideración la siguiente

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Primera. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación directa o supletoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en función del carácter básico o no de sus preceptos; el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y el Capítulo I del Título III de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Segunda. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

Tercera. La Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 8 de marzo de 2007, y posteriores modificaciones indicadas al inicio, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en materia de organización de acciones formativas y para la financiación de gastos corrientes a Organizaciones Sindicales, recuperación de la Memoria Histórica y mejora de las infraestructuras y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, que establece en su artículo 34 los criterios para valorar las solicitudes presentadas.

Cuarta. El artículo 5.1 la Orden de 8 de marzo de 2007 limita la concesión de subvenciones a las disponibilidades presupuestarias existentes, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes baremadas, atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración, con el fin de conceder subvenciones hasta agotar el crédito presupuestario correspondiente, obteniendo de este modo una puntuación suficiente necesaria para poder resultar beneficiario de la subvención.

Quinta. El artículo 13.1.c) de la mencionada Orden de 8 de marzo de 2007, que atribuye a la persona titular de la respectiva Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública, por delegación de la persona titular de la Consejería, la competencia para la resolución del procedimiento.

Vistas las solicitudes presentadas, practicados los trámites subsanatorios e instruido el procedimiento conforme a lo contenido en la Orden de 8 de marzo de 2007 antes citada, la propuesta de resolución definitiva de la Secretaría General de esta Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública y demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Conceder subvención a los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo 1 de la presente Resolución, por el importe que se señala para cada uno de ellos y para la finalidad de realizar la actuación que se concreta en cada caso para la mejora de la infraestructura y el equipamiento del Juzgado de Paz, con cargo al subconcepto presupuestario 761.00 del programa 1.4.B.

Las subvenciones se imputarán al ejercicio económico de 2009, sin perjuicio de que, en su caso, puedan tener carácter plurianual, y el inicio del plazo de ejecución se computará desde el día siguiente a la fecha de materialización del pago de la subvención y será el que se establezca en el Anexo 1 para cada beneficiario.

En el Anexo 1 se relacionan, además, para cada Ayuntamiento beneficiario el presupuesto de la actuación subvencionada y el porcentaje de ayuda con respecto al presupuesto aceptado.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por los interesados relacionados en el Anexo 2 a esta Resolución, por las causas que en dicho Anexo se indican.

Tercero. El abono de las subvenciones detalladas en el Anexo 1 se realizará en un único pago por el importe total de las mismas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 de la Orden de 8 de marzo de 2007, cuando su importe no supere la cuantía de 6.050 euros, y en caso de superar dicho importe se abonará al beneficiario un primer pago anticipado de hasta el 75% del importe total de la subvención concedida, tras la firma de la resolución de concesión, abonándose el 25% restante una vez justificado el primer pago.

Cuarto. La justificación de la subvención se realizará ante el correspondiente órgano concedente en un plazo de tres meses desde la finalización del término previsto para la realización de su objeto. Los beneficiarios deberán presentar los justificantes del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y del gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando la siguiente documentación:

- Certificación, en la que conste:

Haber sido registrado en la contabilidad del Ayuntamiento el ingreso de la cantidad percibida, con indicación del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

La relación de los gastos efectuados en la ejecución del proyecto, tanto el correspondiente a la parte subvencionada, como, en su caso, a la aportada por las Entidades Locales, en caso de ser aquella menor.

- Las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 del artículo 21 de la Orden de 8 de marzo de 2007 antes citada. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

En los casos en que los justificantes sean facturas, para que estas tengan valor probatorio, deberán cumplir con los requisitos de las facturas y de los documentos sustitutivos establecidos en el Capítulo II del Título I del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación contenidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, modificado por el Real Decreto 87/2005, de 31 de enero.

Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por esta Resolución, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los artículos 105 y 112 de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo previsto en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y los artículos 17, 22 y 23 de la Orden de 8 de marzo de 2007 que contiene las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que aquí se tratan.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Huelva, 17 de diciembre de 2009.- El Delegado, Enrique Gaviño Pazó.

ANEXO 1
LISTADO DE SOLICITANTES EVALUADOS QUE CUMPLEN CON LOS REQUISITOS Y PUEDEN SER BENEFICIARIOS, DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DE 8 DE MARZO DE 2007 (BOJA NÚM. 73, DE 13 DE ABRIL DE 2007)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACIÓN CUANTÍA
CONCEDIDA
PRESUPUESTO % PLAZO
DE
EJECUCIÓN
PLAZO
DE
JUSTIFICACIÓN
PUNTUACIÓN
HUELVA ALÁJAR MEJORA INSTALACIONES+ADQUISICIÓN BIENES 1297,06 1297,09 99,99 3 MESES 3 MESES 61
HUELVA ALJARAQUE ADQUISICIÓN MOBILIARIO 900 958,28 93,92 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA ALMONASTER LA REAL ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1400 1418 98,73 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA ALMONTE ADQUISICIÓN MOBILIARIO 5000 8094,60 61,76 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA ALOSNO MEJORA INSTALACIONES+ADQUISICIÓN BIENES 1000 1000 100 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA ARROYOMOLINOS DE LEÓN ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA BONARES ENCUADERNACIÓN LIBROS JUZGADO 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA CABEZAS RUBIAS OBRAS REFORMA 2000 2196,11 91,07 6 MESES 3 MESES 57
HUELVA CALA OBRAS REFORMA 5000 5000 100 6 MESES 3 MESES 51
HUELVA CALAÑAS ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2500 2500 100 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA CAMPILLO, EL ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1500 1500 100 3 MESES 3 MESES 45
HUELVA CAÑAVERAL DE LEÓN ADQUISICIÓN FOTOCOPIADORA 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 54
HUELVA CASTAÑO DEL ROBLEDO ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1200 1525 78,69 3 MESES 3 MESES 61
HUELVA CERRO DEL ANDÉVALO OBRAS REFORMA 4500 9859,83 45,64 6 MESES 3 MESES 41
HUELVA CORTEGANA ADQUISICIÓN MOBILIARIO 600 668 89,82 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA CUMBRES MAYORES ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2500 2500 100 3 MESES 3 MESES 56
HUELVA ENCINASOLA ADQUISICIÓN FOTOCOPIADORA Y FAX 2500 2817,64 88,73 3 MESES 3 MESES 61
HUELVA ESCACENA DEL CAMPO OBRAS REFORMA 2400 2415,7 99,35 6 MESES 3 MESES 51
HUELVA FUENTEHERIDOS MEJORA INSTALACIONES+ADQUISICIÓN BIENES 2500 2500 100 3 MESES 3 MESES 51
HUELVA GALAROZA ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 50
HUELVA GIBRALEÓN ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1000 1000 100 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA HIGUERA DE LA SIERRA ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1000 1000 100 3 MESES 3 MESES 49
HUELVA HINOJALES ADQUISICIÓN EQUIPO CLIMATIZACIÓN 1500 1500 100 3 MESES 3 MESES 40
HUELVA ISLA CRISTINA ADQUISICIÓN MOBILIARIO 3000 3000 100 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA LA NAVA ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1500 1786,88 83,95 3 MESES 3 MESES 49
HUELVA LINARES DE LA SIERRA ADQUISICIÓN MOBILIARIO Y EQUIPO CLIMATIZACIÓN 2500 2684 93,14 3 MESES 3 MESES 58
HUELVA LOS MARINES MEJORA EQUIPAMIENTO 1200 1200 100 3 MESES 3 MESES 44
HUELVA NIEBLA ADQUISICIÓN FOTOCOPIADORA 1500 1500 100 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA PALOS DE LA FRONTERA ADQUISICIÓN MOBILIARIO Y EQUIPO CLIMATIZACIÓN 1500 1757,12 85,36 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA PATERNA DEL CAMPO ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA PAYMOGO ADQUISICIÓN EQUIPO CLIMATIZACIÓN 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 45
HUELVA PUEBLA DE GUZMÁN ADQUISICIÓN MOBILIARIO 2500 2500 100 3 MESES 3 MESES 61
HUELVA ROSAL DE LA FRONTERA ADQUISICIÓN MOBILIARIO Y EQUIPO CLIMATIZACIÓN 2000 2500 80 3 MESES 3 MESES 51
HUELVA SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE ADQUISICIÓN MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO 2000 2000 100 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA SAN JUAN DEL PUERTO ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1000 1838,02 54,41 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA SANLÚCAR DE GUADIANA OBRAS REFORMA 6000 6000 100 6 MESES 3 MESES 70
HUELVA TRIGUEROS ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1000 1000 100 3 MESES 3 MESES 41
HUELVA VALDELARCO ADQUISICIÓN MOBILIARIO 900 981,65 91,68 3 MESES 3 MESES 60
HUELVA VILLANUEVA DE LAS CRUCES ADQUISICIÓN MOBILIARIO 1500 2000 75 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA VILLANUEVA DE LOS CASTILLEJOS MEJORA INSTALCIONES Y ADQUISICIÓN EQUIPO MULTIFUNCIONAL 850 862,52 98,55 3 MESES 3 MESES 42
HUELVA VILLARRASA ADQUISICIÓN EQUIPAMIENTO 1500 1791,03 83,75 3 MESES 3 MESES 54
ANEXO 2

LISTADO DE SOLICITUDES A LAS QUE SE DENIEGAN SUBVENCIONES, POR LAS CAUSAS QUE SE INDICAN, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA REALIZADA EN VIRTUD DE LA ORDEN DE 8 DE MARZO DE 2007 (BOJA NÚM.73, DE 13 DE ABRIL DE 2007)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACIÓN PRESUPUESTO CAUSAS INCUMPLIMIENTO
HUELVA HINOJOS OBRAS DE REFORMA 35.019,36 EXCEDE PARTIDA PRESUPUESTARIA-INSUFICIENCIA DE CRÉDITO (ART.7.1 DE LA ORDEN)
HUELVA SANTA OLALLA DEL CALA OBRAS DE REFORMA 30.000 EXCEDE PARTIDA PRESUPUESTARIA-INSUFICIENCIA DE CRÉDITO (ART.7.1 DE LA ORDEN)
HUELVA VILLABLANCA ADQUISICIÓN MOBILIARIO Y OBRAS DE REFORMA 47.926,65 EXCEDE PARTIDA PRESUPUESTARIA-INSUFICIENCIA DE CRÉDITO (ART.7.1DE LA ORDEN)
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