Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de marzo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés de Sevilla, dimanante de autos núm. 537/2009.

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NIG: 4109142C20090036904.

Procedimiento: Familia. Nulidad matrimonial 637/2009. Negociado: 2.º

De: El Fiscal.

Contra: Don Samson Agarawu y doña María Teresa Segundo Reinoso.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia, Nulidad matrimonial 637/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés de Sevilla a instancia de Ministerio Fiscal contra don Samson Agarawu y doña María Teresa Segundo Reinoso sobre nulidad matrimonial, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 148/10

En Sevilla a nueve de marzo de dos mil diez.

Vistos por doña M.ª Amelia Ibeas Cuasante, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés de Sevilla y su partido, los presentes autos de nulidad matrimonial, seguidos en este Juzgado con el número 637/2009, a instancia del Ministerio Fiscal contra don Samson Agarawu y doña María Teresa Segundo Reinoso.

(...)

FALLO

Que estimando la demanda de nulidad matrimonial interpuesta por el Ministerio Fiscal contra don Samson Agarawu y doña María Teresa Segundo Reinoso, debo declarar y declaro la nulidad del matrimonio por ellos contraído el día 3 de marzo del 2007, con todos los efectos inherentes a dicha declaración.

Todo ello sin hacer especial imposición de las costas procesales. Firme que sea la presente resolución, comuníquese a los Registros Civiles correspondientes a los efectos registrales oportunos.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 2179 00 0637 09, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos).

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando Audiencia Pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario/a, doy fe, en Sevilla, a fecha anterior.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Samson Agarawu, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a once de marzo de dos mil diez.- La Secretario.

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