Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 22 de diciembre de 2009, del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se crean unidades administrativas.

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RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2009, DEL CONSEJO RECTOR DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA, POR LA QUE SE CREAN UNIDADES ADMINISTRATIVAS

La Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, dedica el Capítulo II a la organización de la Agencia. El artículo 10.1 dispone que «la Agencia se estructurará en los órganos de gobierno, ejecutivo y de control previstos en esta Ley, y en los complementarios que se determinen en su Estatuto». Añade el artículo 10.5 que «la creación, modificación y regulación de las unidades administrativas corresponderá al Consejo Rector».

Por su parte, el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto de 324/2009, de 8 de septiembre, dedica la sección 4.ª del Capítulo V a la estructura administrativa, determinando los órganos en que se articula y las competencias y funciones que corresponden a los mismos, sin perjuicio de un mayor desarrollo de la organización y de las funciones y competencias a través de lo que pueda disponer la Consejería competente en materia de Hacienda y este Consejo Rector.

El artículo 17.1 del Estatuto dispone que la Agencia se estructura en servicios centrales y territoriales.

Los Servicios centrales se dividen en los Departamentos a que se refiere el artículo 18, esto es,

a) Departamento de Organización y Gestión de Recursos.

b) Departamento de Aplicación de los Tributos.

c) Departamento de Innovación Tecnológica y de Análisis de la Información.

Bajo la dependencia jerárquica de la Dirección de la Agencia, se crean las Coordinaciones territoriales, con sede en cada una de las ocho provincias andaluzas.

Tanto el artículo 17.2 como el artículo 19.3 establecen que los Departamentos y las Coordinaciones Territoriales se estructurarán en las unidades administrativas que se creen por el Consejo Rector de acuerdo con el artículo 10.5 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, mediante resolución que será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, de conformidad con el artículo 10.5 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, el Consejo Rector en su reunión del día 22 de diciembre de 2009,

ACUERDA

Crear las unidades administrativas en que se estructuran los Departamentos y las Coordinaciones Territoriales de la Agencia Tributaria de Andalucía, que a continuación se relacionan.

I. SERVICIOS CENTRALES

I.1. El Departamento de Organización y Gestión de Recursos se estructura en las siguientes unidades administrativas:

a) Área de Recursos Humanos.

b) Área Económico-Financiera.

c) Área de Asistencia Jurídica y Coordinación Normativa.

d) Área de Seguimiento y Evaluación.

I.2. El Departamento de Aplicación de los Tributos se estructura en las siguientes unidades administrativas:

a) Área de Planificación de las Actuaciones Tributarias.

b) Área de Control Tributario.

c) Área de Procedimientos Tributarios y Colaboración Social.

d) Unidad Central de Recaudación.

e) Unidad de Coordinación de Actuaciones Tributarias con otras Administraciones.

I.3. El Departamento de Innovación Tecnológica y de Análisis de la Información se estructura en las siguientes unidades administrativas:

a) Área de Estudio y Análisis de Valores.

b) Área de Estadística.

c) Área de Tecnologías.

II. SERVICIOS TERRITORIALES

II.1. Las Coordinaciones Territoriales con sede en cada una de las ocho provincias andaluzas se estructuran en las siguientes unidades administrativas:

a) Unidad de Información y Asistencia a los Contribuyentes.

b) Unidad de Gestión Tributaria.

c) Unidad de Inspección Tributaria.

d) Unidad de Recaudación.

e) Unidad de Valoración.

II.2. La Coordinación Territorial con sede en Cádiz contará, además, con unidad operativa desconcentrada con sede en Jerez de la Frontera, dependiente jerárquicamente de la persona titular de la jefatura de la citada Coordinación Territorial y con la denominación de Unidad Tributaria.

Sevilla, 22 de diciembre de 2009.- El Presidente del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía, José de Haro Bailón.

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